Fundamento destacado: Decimosexto. Es cierto que el artículo 22, segundo párrafo, del Código Penal excluye los efectos de la responsabilidad restringida para los casos de delitos contra la libertad sexual, esto es, actos contra el pudor en menores, pero ello no debe entenderse como una prohibición absoluta y sin matices, conforme se ha desarrollado ut supra, pues dicha prohibición vulnera el principio de igualdad ante la ley, previsto en el inciso 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Por tanto, es perfectamente aplicable dicha causal de disminución de punibilidad para toda clase de delitos. En este contexto, al no haberse aplicado la referida causal, pese a que se estaba obligado a incorporarla en el juicio de determinación judicial de la pena, al tenerse el dato cierto sobre la edad del recurrente, se vulneró el precepto material. Tanto más si dichos criterios fueron establecidos por las Salas Supremas en los acuerdos plenarios señalados ut supra, así como en la constante jurisprudencia emitida por este Tribunal Supremo.
Responsabilidad restringida por la edad y disminución del quantum punitivo
a. La responsabilidad restringida por la edad del sujeto activo se encuentra regulada en el artículo 22 del Código Penal. Se trata de una causal de disminución de punibilidad que incide en el ámbito de la culpabilidad. Se aplica en los casos en los que el sujeto activo, al momento de cometer el hecho punible, cuenta con una edad mayor de dieciocho y menor de veintiún años o cuando es mayor de sesenta y cinco años.
b. El artículo 22 del Código Penal, en su segundo párrafo, exceptúa la aplicación del beneficio de la reducción prudencial de la pena señalada para el hecho punible a aquellos que incurran en la comisión de los delitos descritos en dicho código. Tales excepciones colisionan, empero, con el principio de igualdad ante la ley, previsto en el inciso 2 del artículo 2 de la Constitución Política.
c. En el caso, se advierte que, al momento de desarrollar la determinación de la pena, el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, pese a advertir la edad del agente, no tuvo en cuenta la responsabilidad restringida por la edad como causal de disminución de punibilidad. El Tribunal revisor tampoco consideró esa circunstancia. En tal contexto, se tiene que los órganos jurisdiccionales de instancia vulneraron el precepto material, pese a la existencia de doctrina jurisprudencial al respecto, establecida por las Salas Penales Supremas. Por consiguiente, cabe declarar fundado el recurso de casación incoado y realizar el descuento de dos años por debajo del mínimo legal, en atención al principio de proporcionalidad contenido en el artículo VIII del Título Preliminar del Código Penal, y la doctrina jurisprudencial establecida por esta Suprema Corte.
Inscríbete aquí Más información
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL PERMANENTE
CASACIÓN 2247-2022, ICA
SENTENCIA DE CASACIÓN
Lima, doce de julio de dos mil veinticuatro
VISTOS: en audiencia privada, mediante el sistema de videoconferencia, el recurso de casación interpuesto por la defensa del sentenciado XXXX contra la sentencia de vista del veintiséis de julio de dos mil veintidós (foja 197 del cuaderno de debate), emitida por la Sala Superior Mixta y Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Ica, que confirmó la sentencia de primera instancia del trece de abril de dos mil veintidós (foja 112 del cuaderno de debate), que condenó al recurrente como autor del delito contra la libertad sexual-actos contra el pudor en menor de edad, en agravio de la menor de iniciales XXXX (5 años), a nueve años y nueve meses de pena privativa de libertad, y fijó el monto de la reparación civil en S/ 5000 (cinco mil soles) a favor de la parte agraviada; con lo demás que contiene.
Intervino como ponente la señora jueza suprema ALTABÁS KAJATT.
FUNDAMENTOS DE HECHO
Primero. Itinerario del proceso en etapa intermedia
1.1. El representante del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nasca del Distrito Fiscal de Ica, mediante requerimiento de acusación directa (foja 1 del cuaderno de debate), formuló acusación contra XXXX como autor del delito contra la libertad sexual-actos contra el pudor (previsto en el artículo 176-A del Código Penal), en agravio de la menor de iniciales XXXX.
1.2. Realizada la audiencia de control del requerimiento de acusación directa, el veintinueve de octubre de dos mil diecinueve se dictó auto de enjuiciamiento (foja 19 del cuaderno de debate), se admitieron los medios de prueba ofrecidos por las partes procesales y se ordenó remitir los autos al Juzgado Penal Colegiado para el juzgamiento respectivo.
[Continúa …]
Descargue en PDF el documento completo
Inscríbete aquí Más información


![Omisión de denuncia: La agravante solo se configura si el delito que no se denuncia supera los cinco años en su extremo mínimo [Casación 3125-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El principio de legalidad determina no solo la necesidad de que la conducta típica y el «quantum» de la pena estén previstos en la ley, sino también el régimen penitenciario (ingresó a la cárcel como condenado con un régimen que le permitía acogerse al beneficio de liberación condicional) [Exp. 03422-2023-PHC-TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Contrato de suplencia no se desnaturaliza por realizar funciones distintas a las del trabajador reemplazado [Casación Laboral 33744-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Corte IDH condena a Perú por la esterilización forzada y la muerte de Celis Edith Ramos en el marco del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar [Caso Ramos Durand y otros vs. Perú]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/Corte-interamericana-de-derechos-humanos2-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![[Balotario notarial] Instrumentos públicos notariales: protocolares y extraprotocolares](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/INSTRUMENTO-PUBLICO-NOTARIAL-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Aunque el alcalde tiene la obligación de verificar y supervisar la correcta contratación y ejecución de los proyectos la responsabilidad no es corporativa, sino debe determinarse en relación con las acciones u omisiones de cada uno de los funcionarios [Exp. 01231-2024-PHC/TC, f. j. 38]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-2-LPDerecho-218x150.jpg)

![ANC del PJ aprueba nuevo cuadro de jueces de control [Resolución Jefatural 000079-2026-JN-ANC-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/PODER-JUDICIAL-ANC-LPDRECHO-218x150.jpg)
![Es posible contratar el saldo de obra bajo diseño y construcción aplicando el literal k) del artículo 55 de la Ley, sin modificar el objeto, naturaleza ni finalidad de la contratación [Opinión D000017-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![Poder Judicial deja sin efecto directiva sobre uso de equipos de videoconferencias en audiencias [RA 000047-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Equipos-de-videoconferencia-Poder-Judicial-LPDerecho-100x70.png)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)







