La Comisión de Justicia de Género y la Facultad de Derecho de la Universidad del Pacífico organizaron el «Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género». Este evento busca promover y reconocer las prácticas judiciales sobresalientes en igualdad y violencia de género, así como el compromiso de jueces y juezas en la lucha contra la discriminación en el país.
Destacando entre las resoluciones premiadas, el Recurso de Nulidad 1850-2022/Lima Este, en el que la magistrada Susana Castañeda Otsu participó como ponente, ha sido galardonado con el primer puesto. Esta decisión abordó temas cruciales como el delito de feminicidio y los estereotipos de género, junto con instrumentos legales tanto internacionales como nacionales relevantes. Se evidenció que las expresiones que refuerzan estereotipos de género, relacionados con la reducción de la mujer a un objeto de propiedad del hombre, son una causa de la violencia de género.
- La ceremonia de premiación está programada para el día 21 de marzo a las 10 a. m., en el Salón de Juramentos del Palacio Nacional de Justicia.
Sumilla: Delito de feminicidio y estereotipos de género.- La Corte Interamericana sobre Derechos Humanos considera que los estereotipos de género se refieren a la preconcepción de atributos o características poseídas o papeles que son o deberían ser ejecutados por hombres y mujeres, respectivamente. Estos estereotipos, socialmente dominantes y persistentes, se constituyen como una de las causas consecuencias de la violencia de género en contra de la mujer, lo cual es incompatible con sus derechos humano.
No haber nulidad en condena.- En este caso, el delito de feminicidio no se consumó y quedó en grado de tentativa por la intervención de terceros. En cuanto al móvil, se acreditó que el sentenciado tenía celos porque vio a la agraviada con otro hombre, fue a buscarle a su trabajo para que le brinde explicaciones porque ya no vivía con él, lo que se condice con las frases que le expresó: “él era su hombre”, “si ella no era de él, no era de nadie”, “la iba a matar, que él la amaba, que no iba a dejarla tranquila y que lo perdone” y “en el camino la iba a terminar de matar”. Se trata de frases que refuerzan los estereotipos de género relacionados con la reducción de la mujer a un objeto de propiedad del hombre.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL TRANSITORIA
RN 1850-2022 LIMA ESTE
Lima, trece de abril de dos mil veintitrés
VISTO: el recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado MIGUEL ÁNGEL CORTEZ BRAVO contra la sentencia del treinta y uno de agosto de dos mil veintidós, emitida por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, que lo condenó como autor del delito de feminicidio en grado de tentativa, en perjuicio de Yanitza Eduarda Milano Camacho. En consecuencia, le impusieron siete años de pena privativa de la libertad efectiva e inhabilitación conforme con los incisos 5 y 11 del artículo 36 del Código Penal; con lo demás que contiene.
Intervino como ponente la jueza suprema SUSANA CASTAÑEDA OTSU.
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