¿En caso de denuncias cruzadas, ¿cómo determina al agresor principal? JNJ entrevista a Ferrer Pachari Cuno

En el marco de las evaluaciones de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el actual fiscal adjunto provincial de familia de Abancay, Ferrer Pachari Cuno, sustentó su postulación a una plaza de juez especializado en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en el distrito judicial de Cusco.

Durante su intervención, el fiscal fundamentó su interés en la judicatura destacando la necesidad de que los jueces asuman un rol más activo y directo en la ejecución de las medidas de protección, labor que actualmente suele delegarse a la Policía Nacional del Perú, además de mencionar motivaciones de arraigo para estar más cerca de sus padres en su natal Puno.

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Criterios de evaluación ante denuncias cruzadas

Uno de los momentos centrales de la entrevista se produjo cuando los integrantes del JNJ le consultaron cómo enfrentaría un caso de denuncias cruzadas y cómo determinaría quién es el agresor principal. Pachari Cuno precisó que, en esta etapa tutelar, el juzgado debe enfocarse en evaluar el nivel de riesgo en el que se encuentran las partes involucradas.

Para ello, el fiscal detalló que se debe realizar un análisis integral basado en múltiples factores, tales como informes sociales, antecedentes penales o policiales, el factor etario, el aspecto económico y, sobre todo, la relación de dependencia entre las personas; con lo cual se pueden dictar medidas proporcionales y razonables que, de ser recíprocas, tendrán una naturaleza distinta según la vulnerabilidad de cada parte.

En esa misma línea de protección urgente, la JNJ le planteó un escenario de conflicto de derechos: el retiro del agresor del domicilio familiar cuando este resulta ser el único propietario del inmueble. El postulante resolvió la interrogante argumentando que el derecho de propiedad o posesión no puede erigirse como una barrera que impida la ejecución de una medida de resguardo.

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Aplicando el principio de proporcionalidad, afirmó que la restricción temporal del derecho patrimonial del agresor está plenamente justificada para satisfacer y garantizar bienes jurídicos superiores, como la vida y la integridad física, psicológica y sexual de las víctimas.

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Postura frente a la responsabilidad penal en menores

Por otro lado, la entrevista abordó el debate jurídico sobre las iniciativas legislativas que buscan sancionar en el fuero común a los menores de entre 16 y 18 años que cometan delitos graves, como el sicariato. El postulante calificó la medida como una grave afectación al derecho de protección especial reconocido en el artículo 40 de la Convención de los Derechos del Niño, el cual exige que estas poblaciones sean juzgadas mediante una justicia especializada.

Para el fiscal, incorporar a estos adolescentes en la justicia penal ordinaria no solo desnaturaliza los roles de jueces y fiscales, sino que representa una infracción a los tratados internacionales de los que el Perú es parte.

Finalmente, al ser interpelado sobre cómo debe responder el Estado frente a esta ola de criminalidad protagonizada por adolescentes, Pachari Cuno argumentó que la solución no radica en establecer penas más severas, sino en fortalecer la reeducación y la prevención.

Propuso que las autoridades realicen una intervención oportuna y directa en la familia para eliminar los factores de riesgo antes de que los menores se involucren en actividades ilícitas, advirtiendo además que el sistema penitenciario peruano carece de la capacidad estructural para brindar un tratamiento conjunto a adultos y a menores infractores sin vulnerar sus derechos.

Para acceder al vídeo de la entrevista clic AQUÍ.

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