Elecciones 2026: JNE confirma 38 organizaciones políticas aptas para comicios de abril [Res. 0801-2025-JNE]

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó que son 38 organizaciones políticas que superaron el umbral electoral de las elecciones primarias y se encuentran expeditas para presentar candidatos ante los Jurados Electorales Especiales, en el marco de las Elecciones Generales 2026.

Así lo determinó la Resolución N° 0801-2025-JNE, publicada en el Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

A continuación las organizaciones políticas expeditas para presentar candidatos para la elección del presidente de la República, vicepresidentes, senadores, diputados y representantes ante el Parlamento Andino para el periodo 2026-2031:

1. Ahora Nación – AN
2. Alianza para el Progreso
3. Avanza País – Partido de Integración Social
4. Partido Político Fe en el Perú
5. Frente Popular Agrícola del Perú
6. Fuerza Popular
7. Juntos por el Perú
8. Partido Político Libertad Popular
9. Partido Ciudadanos por el Perú
10. Partido Cívico Obras
11. Partido del Buen Gobierno
12. Partido Demócrata Unido Perú
13. Partido Demócrata Verde
14. Partido Democrático Federal
15. Partido Democrático Somos Perú
16. Partido Frente de la Esperanza 2021
17. Partido País para todos
18. Partido Patriótico del Perú
19. Partido Político Integridad Democrática
20. Partido Político Nacional Perú Libre
21. Partido Político Perú Acción
22. Partido Político Perú Primero
23. Partido Político PRIN
24. Partido SÍCREO
25. Partido Político Perú Moderno
26. Podemos Perú
27. Progresemos
28. Salvemos al Perú
29. Un camino diferente
30. Partido Político Cooperación Popular
31. Primero La Gente- Comunidad, Ecología, Libertad y Progreso
32. Partido Morado
33. Renovación Popular
34. Partido Aprista Peruano
35. Partido de los Trabajadores y Emprendedores PTE-Perú
36. Fuerza y Libertad
37. Alianza Electoral Venceremos
38. Unidad Nacional

La norma menciona que, en cumplimiento del cronograma electoral, el 30 de noviembre de 2025 se realizaron las elecciones primarias, en las cuales las organizaciones políticas eligieron a sus candidatos mediante el voto de sus afiliados. Asimismo, en dicha fecha, las organizaciones políticas eligieron a sus delegados, quienes, el 7 de diciembre de 2025, eligieron a los candidatos.

También, precisa que, por medio de la Resolución N° 0745-2025-JNE, del 11 de diciembre de 2025, se declararon nulas las elecciones primarias efectuadas por la organización política Acción Popular en el marco de las Elecciones Generales 2026.

Fuente: Andina


Precisan organizaciones políticas que superaron el umbral electoral de las elecciones primarias y se encuentran expeditas para presentar candidatos ante los Jurados Electorales Especiales, en el marco de las Elecciones Generales 2026

RESOLUCIÓN N° 0801-2025-JNE

Lima, 17 de diciembre de 2025

VISTAS: Las Resoluciones N° 0760-2025-JNE, N° 0761-2025-JNE, N° 0762-2025-JNE, N° 0763-2025-JNE, N° 0764-2025-JNE, N° 0765-2025-JNE, N° 0766-2025- JNE, N° 0767-2025-JNE, N° 0768-2025-JNE, N° 0769- 2025-JNE, N° 0770-2025-JNE, N° 0771-2025-JNE, N° 0772-2025-JNE, N° 0773-2025-JNE, N° 0774-2025-JNE, N° 0775-2025-JNE, N° 0776-2025-JNE, N° 0777-2025- JNE, N° 0778-2025-JNE, N° 0779-2025-JNE, N° 0780- 2025-JNE, N° 0781-2025-JNE, N° 0782-2025-JNE, N° 0783-2025-JNE, N° 0784-2025-JNE, N° 0785-2025-JNE, N° 0786-2025-JNE, N° 0787-2025-JNE, N° 0788-2025- JNE, N° 0789-2025-JNE, N° 0790-2025-JNE, N° 0791- 2025-JNE, N° 0792-2025-JNE, N° 0793-2025-JNE, N° 0794-2025-JNE, N° 0795-2025-JNE, N° 0796-2025-JNE y N° 0797-2025-JNE, que contienen la proclamación de los resultados de cómputo de las elecciones primarias de las Elecciones Generales 2026; así como la Resolución N° 0745-2025-JNE, emitida en el Expediente N° EPEG.2026000046; y

CONSIDERANDO QUE:

1. En el marco del proceso de Elecciones Generales 2026, convocado mediante el Decreto Supremo N° 039-2025-PCM, la defi nición de candidaturas a ser presentadas por las organizaciones políticas se efectúa a través de las elecciones primarias, conforme lo dispone el artículo 21 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP).

2. Tal como lo dispuso la Decimonovena Disposición Transitoria de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), y conforme se indicó, consecuentemente, en el cronograma electoral aprobado con la Resolución N° 0126-2025-JNE, el 30 de noviembre de 2025 se realizaron las elecciones primarias, en las que las organizaciones políticas que utilizaron la modalidad b1 del artículo 24 de la LOP, eligieron a sus candidatos mediante el voto de sus afi liados; asimismo, en dicha fecha, las organizaciones políticas que optaron por la modalidad c2 del citado artículo eligieron a sus delegados, quienes, el 7 de diciembre de 2025, eligieron a los candidatos.

3. Se estima necesario precisar que, por medio de la Resolución N° 0745-2025-JNE, del 11 de diciembre de 2025, emitida en el Expediente N° EPEG.2026000046, se declararon nulas las elecciones primarias efectuadas por la organización política Acción Popular en el marco de las Elecciones Generales 2026.

4. Realizadas las elecciones primarias y proclamados, con sendas resoluciones emitidas el 15 de diciembre de 2025, los resultados del cómputo elaborado por la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, en cumplimiento del artículo 21 de la LOP y los artículos 29 y 30 del Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Primarias para las Elecciones Generales 2026, aprobado con la Resolución N° 0163-2025-JNE, corresponde precisar los nombres de las organizaciones políticas que, conforme se ha indicado expresamente en la respectiva resolución de proclamación, han superado el umbral electoral de las elecciones primarias a que se refi ere el artículo 24 de la LOP, y que, por tanto, se encuentran expeditas para presentar candidatos para la elección del Presidente de la República, vicepresidentes, senadores, diputados y representantes ante el Parlamento Andino para el periodo 2026-2031.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

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RESUELVE:

1.- PRECISAR que las siguientes organizaciones políticas superaron el umbral electoral de las elecciones primarias y se encuentran expeditas para presentar candidatos ante los Jurados Electorales Especiales, en el marco de las Elecciones Generales 2026:

2.- PONER la presente resolución en conocimiento de los personeros legales titulares de las organizaciones políticas señaladas en el numeral precedente de la presente resolución, así como de los Jurados Electorales Especiales, de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para los fi nes correspondientes.

3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
RAMÍREZ CHÁVARRY
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco
Secretaria General

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