Eduardo Ruiz: PNP pide que Fiscalía se abstenga de realizar diligencias autónomas y que estas se canalicen a través de su unidad especializada

Eduardo Ruiz: PNP pide que Fiscalía se abstenga de realizar diligencias autónomas y que estas se canalicen a través de su unidad especializada.


OFICIO N° 1270-2825-DIRNIC PNP-DIRINCRI/DIVINHOM-DEPINHOM-E1

Señora: Rosario Isabel QUICO PALOMINO.
Fiscal Superior Titular – Coordinadora de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscales Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad.

Asunto: Pone en conocimiento duplicidad de actuaciones en investigación por la muerte de ciudadano durante operativo encauzamiento conforme a la Ley N° 32130.

Tengo el agrado de dirigirme a usted, con el debido respeto, a fin de poner en su conocimiento una situación que viene ocurriendo en el marco de la investigación preliminar seguida por la muerte del ciudadano EDUARDO MAURICIO RUIZ SANZ (32), hecho ocurrido el 15 de octubre de 2025, durante un operativo policial de control del orden público, en el cual resultan comprendidos dos suboficiales PNP actualmente detenidos en flagrancia.

Al respecto, corresponde precisar lo siguiente:

1. Desde el de los hechos, esta División de Investigación de Homicidios – DIRINCRI PNP, en cumplimiento de sus atribuciones, ha asumido la conducción de las investigaciones preliminares conforme a lo dispuesto por la Ley N.°32130, norma que establece que, en los casos de muertes ocurridas durante el cumplimiento de funciones policiales, la investigación preliminar corresponde a la Policía Nacional del Perú, bajo conocimiento y control jurídico del Ministerio Público.

2. No obstante ello, el Fiscal Supra Provincial Penal Especializado en Derechos Humanos, a quien se le cursó oportunamente comunicación sobre la detención de los suboficiales implicados y se le solicitó la remisión de la carpeta de apertura de investigación, ha insistido en que las diligencias se realicen «en sede fiscal», llegando incluso a emitir una nueva disposición de apertura de investigación, en la que se señala que la investigación se desarrollará «en sede fiscal con apoyo de la División de Homicidios».

3. De manera paralela, dicho Despacho Fiscal ha venido realizando actuaciones propias de investigación, tales como la recepción del proyectil extraído en la necropsia, el recojo de casquillos y evidencias en la escena del crimen, así como la so de registros fílmicos de cámaras de seguridad, sin coordinación esta unidad especializada, lo que genera el riesgo de duplicidad de investigaciones, ruptura de la cadena de custodia y posibles cuestionamientos sobre la validez de los actos de investigación.

4. Cabe precisar que, a la par, fiscales adjuntos del mismo Despacho vienen participando activamente en las diligencias desarrolladas por la División de Homicidios, junto con los abogados defensores, lo que evidencia que la investigación se viene conduciendo efectivamente desde esta unidad, conforme al marco legal aplicable.

En ese contexto, y considerando la importancia de garantizar la unidad de la investigación, la legalidad procesal y la seguridad jurídica de los actos realizados, se solicita respetuosamente que su Despacho adopte las medidas de coordinación necesarias a fin de que la investigación preliminar se encauce de acuerdo con lo previsto en la Ley N.°32130, disponiendo que el Fiscal Supra Provincial en mención se abstenga de continuar realizando diligencias autónomas y que toda supervision ollose canalice a través de esta unidad
especializada, bajo supervisión fiscal.

De igual forma, se solicita su intervención para que se disponga la remisión de copia de todas las actuaciones realizadas directamente por el Despacho Fiscal mencionado, a fin de integrarlas al procedimiento de investigación policial único que conduce la División de Investigación homicidios DIRINCRI.

Se anexa a la presente copia de Oficios Nros.6918, 6919, 6970 y 6971-2025- DIRNIC PNP/DIRINCRI-DIVINHOM, asi como del Informe N° 669-2025-DIRNIC- PNP/DIRINCRI-DIVINHOM, Acta de Levantamiento de Cadáver y dos (02) Disposiciones Fiscales fecha 16 y 17OCT2025.

Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y estima personal.

CARLOS ANDRES MORALES GUEVARA
CORONEL PNP

JEFE DE LA DIVISION DE INVESTIGACION DE HOMICIDIOS
DIRINCRI PNP

Imagen
Fuente: RPP
Imagen
Fuente: RPP
Comentarios: