Directiva de Atención a víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes [Resolución de Superintendencia 106-2021-MIGRACIONES]

Mediante Resolución de Superintendencia 106-2021-MIGRACIONES, de fecha 18 de Mayo de 2016, el Ministerio del Interior dispuso la publicación del proyecto de «Actualización del protocolo para la atención y protección de víctimas y testigos del delito de trata de personas por parte de la PNP».


Resolución de Superintendencia
N° 106-2021-MIGRACIONES

VISTOS:

El Memorando Nº 003730-2021-DIROP/MIGRACIONES, de fecha 20 de abril de 2021, de la Dirección de Operaciones; el Informe Nº 000015-2021-EESUMGC/ MIGRACIONES, y la Hoja de Elevación Nº 000062-2021-UMGC/MIGRACIONES, ambos de fecha 21 de abril de 2021, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 000903-2021- OPP/MIGRACIONES, de fecha 22 de abril de 2021, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 000320-2021-OAJ/MIGRACIONES, de fecha 23 de abril de 2021, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones;

A través del Decreto Supremo Nº 009-2020-IN y la Resolución de Superintendencia Nº 000148-2020-MIGRACIONES, publicados el 19 de junio y 01 de julio de 2020, se aprueba la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente; y, con Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES, se dispone la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES;

De otro lado, a través de la Resolución de Superintendencia N° 0000357-2017- MIGRACIONES, de fecha 28 de diciembre de 2017, se aprobó la Directiva “Atención a Víctimas de Trata de Personas y Tráfico ilícito de migrantes” con Código E01.PM.DI.001;

En ese contexto, con el Memorando N° 003730-2021-DIROP/MIGRACIONES, la Dirección de Operaciones trasladó el Informe N° 000053-2021-MCG-DIROP, mediante el cual se da conformidad a la Directiva de “Atención a Víctimas de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes”, para que continúe con el trámite de aprobación de la información documentada;

Con Memorando N° 000903-2021-OPP/MIGRACIONES, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en atención a la Hoja de Elevación Nº 000062-2021- UMGC/MIGRACIONES y al Informe Nº 000015-2021-EES-UMGC/MIGRACIONES, ambos emitidos por su Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad, opina que la información documentada: Directiva “Atención a víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de Migrantes” con Código S05.DIROP.DI.004, no cuenta con observaciones y se ha elaborado y actualizado en el marco de la implementación del nuevo ROF de MIGRACIONES y considerando las disposiciones establecidas en la Directiva E04.OPP.DI.001-Lineamientos para la gestión de la Información Documentada; así como su Procedimiento E04.OPP.PR.001 y Norma Administrativa Interna E04.OPP.NAI.011, adicionalmente, la Hoja de Elevación Nº 000062-2021-UMGC/MIGRACIONES y el Informe Nº 000015-2021-EES-UMGC/MIGRACIONES, señalan que, se debe dar de baja a la información documentada: Directiva “Atención a víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de Migrantes” con Código E01.PM.DI.001, aprobada con Resolución de Superintendencia Nº 000357-2017-MIGRACIONES de fecha 28 de diciembre de 2017;

[Continúa…]

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