Sumario: 1. Introducción, 2. El incumplimiento contractual en el ámbito civil, 3. La estafa en el ámbito penal, 4. Distinción doctrinaria y normativa aplicable, 5. Recomendaciones para prevenir confusiones, 6. Conclusión
1. Introducción
En el ámbito inmobiliario, la línea que separa el incumplimiento contractual de la estafa suele generar confusión. Esto lleva a denuncias penales que, en muchos casos, deberían tramitarse como conflictos civiles. En este artículo, exploramos ambos conceptos, su regulación legal en el Perú y cómo diferenciarlos.
2. El incumplimiento contractual en el ámbito civil
El incumplimiento contractual ocurre cuando una parte no respeta lo pactado. En los contratos de compraventa inmobiliaria, esto se refleja en:
1. La no entrega del bien en el plazo estipulado.
2. Incumplimiento de especificaciones técnicas.
3. La no ejecución del proyecto.
El Código Civil peruano establece herramientas para resolver estos casos:
- Art. 1314: Regula la responsabilidad contractual y la indemnización por daños y perjuicios.
- Art. 1428: Permite resolver un contrato por incumplimiento esencial.
3. La estafa en el ámbito penal
La estafa, tipificada en el art. 196 del Código Penal, ocurre cuando alguien induce a error con el propósito de obtener un beneficio económico indebido. En el sector inmobiliario, esto se puede presentar cuando:
1. Nunca hubo intención de cumplir con el contrato.
2. Se emplearon documentos falsos o información engañosa.
3. Los recursos captados se desviaron intencionadamente.
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4. Distinción doctrinaria y normativa aplicable
La doctrina distingue entre:
- Dolo civil: Un incumplimiento sin intención fraudulenta, que debe resolverse en el ámbito civil.
- Dolo penal: Una conducta con intención clara de perjudicar, sancionada penalmente.
Como afirman autores como Güellen y Roca[1], «No todo incumplimiento contractual es una estafa», por lo que se debe analizar cada caso en función de la normativa aplicable:
1. Código Civil: Establece las obligaciones y derechos contractuales.
2. Ley 29090: Regula habilitaciones urbanas y edificaciones.
3. Código Penal: Tipifica los delitos de fraude y estafa.
5. Recomendaciones para prevenir confusiones
Para evitar la criminalización indebida de conflictos contractuales, se recomienda:
- Mayor fiscalización a las inmobiliarias: Implementar mecanismos de supervisión más estrictos para identificar a empresas que operan con malas prácticas y sancionar su accionar.
- Cláusulas contractuales precisas: Definir claramente en los contratos las responsabilidades de las partes, las fechas de entrega y las penalidades por incumplimiento.
- Uso de fideicomisos inmobiliarios: Garantizan que los fondos de los compradores solo se utilicen en la ejecución del proyecto.
- Verificación de antecedentes: Antes de firmar un contrato, es importante revisar la reputación de la empresa y verificar la titularidad del inmueble en los registros públicos.
- Promoción de mecanismos alternativos de resolución de conflictos: La conciliación y el arbitraje pueden ofrecer soluciones más rápidas y menos costosas que un proceso judicial.
- Implementación de Programas de capacitación continua al sector público: Es fundamental que tanto fiscales como policías de investigación tengan una comprensión clara y precisa de la figura jurídica en cuestión. En varios casos, se ha observado que la falta de claridad en su interpretación genera confusión y, como resultado, se procede a aperturar una instrucción sin la debida justificación. Esta práctica no solo afecta la eficiencia del proceso, sino que también puede llevar a la sobrecarga del sistema judicial.
Por ello, se recomienda implementar programas de capacitación continua y sensibilización para estos actores, que les permitan comprender de manera adecuada las implicaciones legales y los límites de la figura. Es importante recordar que, según el principio de ultima ratio, las medidas que impliquen una restricción de derechos fundamentales deben ser aplicadas solo cuando no exista otra alternativa más idónea.
De este modo, no solo se garantizaría un respeto más riguroso de los derechos de los involucrados, sino también una mayor eficacia en la aplicación de la justicia penal.
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6. Conclusión
Distinguir entre incumplimiento contractual y estafa en el ámbito inmobiliario no solo es esencial para proteger los derechos de compradores y vendedores, sino también para garantizar una aplicación justa de la ley. La confusión entre ambas figuras puede generar una criminalización indebida de conflictos contractuales, lo que satura innecesariamente el sistema judicial penal y afecta la seguridad jurídica del sector.
Para evitar esta problemática, es fundamental que los compradores actúen con diligencia, revisando minuciosamente los contratos, verificando la legalidad de los proyectos inmobiliarios y buscando asesoría legal antes de realizar inversiones significativas. De igual manera, las empresas del sector deben operar con transparencia, cumpliendo sus compromisos contractuales y garantizando que los acuerdos sean claros y equitativos para ambas partes.
Además, las autoridades deben fortalecer los mecanismos de control y supervisión para detectar a tiempo posibles fraudes inmobiliarios, sancionando a quienes cometan estafas y brindando mayor protección a los consumidores. La promoción de mecanismos alternativos de resolución de conflictos, como la conciliación y el arbitraje, también juega un papel clave en la solución rápida y eficiente de disputas sin necesidad de recurrir a procesos judiciales prolongados.
En ese sentido, la seguridad jurídica en el sector inmobiliario depende del compromiso de todas las partes involucradas: compradores bien informados, empresas responsables y un marco legal que garantice justicia y transparencia. La modernización de los procedimientos, la digitalización de registros y el acceso a información confiable son herramientas clave para minimizar riesgos y fortalecer la confianza en el mercado inmobiliario.
[1]Güellen, J. & Roca, M. (2020). No todo incumplimiento contractual es una estafa. Editorial Jurídica del Perú.