La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó el dictamen que propone incorporar un nuevo supuesto para declarar el agotamiento de la vía administrativa, de forma unánime y con 17 votos a favor, «en el caso de que la pretensión verse sobre el contenido esencial del derecho a la remuneración».
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El dictamen, con base en el Proyecto de Ley 04730/2022, tiene como objetivo permitir que el accionante o demandante inicie su proceso ante el órgano jurisdiccional en la vía contencioso-administrativa de la «manera más ágil y eficiente».
Con el fin de cumplir con este objetivo, se propone una modificación al artículo 19 de la Ley 27584, que regula el proceso contencioso-administrativo, mediante la incorporación de un quinto literal. El artículo modificado establece excepciones al agotamiento de la vía administrativa y define las condiciones bajo las cuales no será necesario exigir dicho agotamiento:
Cuando la pretensión planteada en la demanda esté referida al derecho a la remuneración, ya sea que se peticione el pago de la remuneración básica, remuneración total, remuneración permanente, las bonificaciones, las dietas, las asignaciones, las retribuciones, los estímulos, los incentivos, las compensaciones económicas y los beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento, y que haya sido denegada en la primera instancia de la sede administrativa.
Dictamen recaído en el Proyecto de Ley
4730/2022-CR. que modifica el artículo 19 de la
Ley 27584, Ley que regula el Proceso
Contencioso Administrativo, incorporando una
excepción al agotamiento de la vía administrativa.
COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Período Anual de Sesiones 2023-2024
DICTAMEN
Señora presidenta:
Ha sido remitido para estudio y dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, el Proyecto de Ley 4730/2022-CR, presentado por el congresista Flavio Cruz Mamani, del grupo parlamentario Perú Libre, mediante el cual se propone la Ley que modifica el artículo 19 de la ley n° 27584, incorporando una excepción al agotamiento de la vía administrativa.
1. SITUACIÓN PROCESAL
1.1 Antecedentes procedimentales
El referido proyecto de ley[1] fue decretado a la «Comisión de Justicia y Derechos Humanos» (CJDDHH) como comisión dictaminadora principal el día 17 de abril de 2023 y como segunda comisión dictaminadora la «Comisión de Trabajo y Seguridad Social».
En el presente período anual de sesiones no existen otras propuestas legislativas presentadas con similar objeto.
El presente dictamen fue aprobado por mayoría de los congresistas presentes en la Décimo Primera Sesión Ordinaria semipresencial de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con los votos favorables de los siguientes congresistas: Rivas Chacara, Limachi Quispe, Acuña Peralta María, Cruz Mamani, Dávila Atanacio, Echaíz de Nuñez Izaga, Gonza Castillo, Juárez Calle, Luque Ibarra, Paredes Gonzáles y Torres Salinas. Votaron en abstención, los congresistas: Balcázar Zelada, Juárez Gallegos, Medina Minaya, Morante Figari, Moyano Delgado y Tudela Gutiérrez. No hubo votos en contra.
1.2 Antecedentes legislativos
La presente iniciativa no cuenta con antecedentes legislativos.
Con respecto a la propuesta inicial del proyecto de ley, según el Sistema Peruano de Información Jurídica[2], el artículo 19 de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, Ley N° 27584 ha sido modificado por el Artículo Único del Decreto Legislativo N° 1067, publicado el 28 junio 2008.
2. CONTENIDO DEL PROYECTO LEGISLATIVO
El texto normativo del proyecto legislativo consta de dos artículos. El primer artículo establece como objeto de la ley, modificar el artículo 19 de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, Ley N° 27584, incorporando una causal de excepción de agotamiento de la vía administrativa. El segundo artículo modifica el artículo 19 de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, Ley N° 27584, incorporando una quinta causal de excepción de agotamiento de la vía administrativa.
[Continúa…]

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