Dentro del paquete de decretos legislativos que el Poder Ejecutivo promulgó la última semana, se encuentra, sin duda, uno de los más importantes dentro del sistema penitenciario en el Perú. Se trata de la regulación de la vigilancia electrónica personal o el uso de grilletes electrónicos por parte de las personas procesadas, sentenciadas y condenadas con beneficios penitenciarios, cuyas penas efectivas se cumplirán con arresto domiciliario y con el uso de dispositivos GPS, para la ubicación del imputado.
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No cabe duda que su implementación empezará a partir del próximo 26 de abril y los jueces de la República, tiene que poner todos los apremios legales, a fin de que no exista evasión, ni mucho menos incumplimiento a las reglas de conducta que se ordenarán.
Según lo ha manifestado la propia ministra de Justicia, Marisol Pérez Tello, egresarán de los 69 establecimientos penales del país, alrededor de 81,000 sentenciados, que constituyen aproximadamente el 10% de la población carcelaria, y los primeros beneficiados serán los sentenciados con penas menores de ocho años de pena privativa de la libertad o que estén con prisión preventiva y cuya pena a imponerse sea también inferior a ocho años. Además, se privilegiará a mujeres embarazadas, personas de la tercera edad, sentenciados por juicios de alimentos, reos primarios, entre otros.
Para estos casos el juez definirá el radio de acción del domicilio del procesado o condenado y establecerá la ruta o parámetro de su desplazamiento e incluidos horarios que tendrá y si se incumple con las reglas de conducta. Primero existirá una amonestación y si se persiste en el incumplimiento, se ordenará el internamiento en el establecimiento penitenciario.
La vigilancia electrónica procede en el caso de los procesados por delitos sancionados con una pena no mayor de ocho años, para los condenados con una sentencia no mayor de ocho años y se excluye los delitos de terrorismo y aquellos delitos cometidos como miembros o integrantes de una organización criminal.
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Se estima que en el mes de abril, se iniciará con el primer lote de grilletes electrónicos, que beneficiará a 100 procesados y condenados, a los cuales se realizará un seguimiento y monitoreo, con el fin de detectar cuáles son los problemas y además para tomar conocimiento de la viabilidad de la vigilancia electrónica.
El objetivo del Decreto Legislativo publicado en el Diario Oficial El Peruano, es disminuir el hacinamiento en los establecimientos penitenciarios del país, los costos del internamiento y de la reincidencia y que además son monitoreados, por el Instituto Nacional Penitenciario, será la entidad responsable de la implementación de la vigilancia electrónica y el costo de este dispositivo, deberá ser pagado por el propio procesado y condenado, salvo excepciones dispuestas por el Juez de la causa.
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En este aspecto es importante detenernos a analizar, que si bien la norma legal es importante y despoblará las cárceles en el país, también es bastante cierto que solo accederá a los grilletes electrónicos, un sector bastante reducido toda vez que no tendrán los recurso económicos para poderlos adquirir y es allí en donde existe el inconveniente. Por ejemplo, si existe un interno procesado o condenado por el delito a la Omisión a la Asistencia familiar, cuya principal causa de su detención precisamente ha sido no pagar la pensión alimenticia devengada para los alimentistas, nos preguntamos, ¿tendrá dinero para poder adquirir el grillete electrónico, que a propósito no se sabe cuánto demandará su costo?
Entonces, si esto es así, ¿acaso no se está privilegiando a los internos con recurso económicos?, ¿dónde está, entonces, la finalidad de la pena y su readaptación y reincorporación para que retorne el interno a la vida social? Por ello, algunas estudiosos y juristas vienen planteando que sea el propio Estado el que debe correr con el financiamiento de estos grilletes electrónicos, y así, cuando la judicatura otorgue ese derecho penal premial a los procesados y condenados, lo hará al que verdaderamente le corresponde, independientemente de su economía.
Entre tanto, el imputado que considere que se le debe poner los grilletes electrónicos, debe presentar una solicitud y documentos que acrediten el domicilio o lugar en el cual se cumplirá la medida, documentos que acrediten las condiciones de vida personal, laboral, familiar o social del procesado o condenado, en el caso de los internos, esta información es brindada por el Inpe a través de la emisión de los informes sociales y psicológicos correspondientes, sus antecedentes penales y judiciales y además los documentos que acrediten las prioridades establecidas como ser mayor de 75 años, tener una grave enfermedad, tener discapacidad para el desplazamiento, ser mujer gestante y con hijos menores de tres años y ser padre o madre que sea cabeza de familia con hijo menor de edad o con hijo o cónyuge que tenga discapacidad permanente y siempre y cuando haya estado bajo su cuidado.
No cabe duda que esta situación beneficiará a un porcentaje importante de la comunidad penitenciaria que tenga recursos económicos y será la primera vez que rija en nuestro país. Será, además, un reto para despoblar los centros penitenciarios, pero también constituirá una herramienta poderosa para medir el grado de cumplimiento y readaptabilidad social de los procesados y sentenciados, pues muchos de ellos probablemente incumplirán las reglas de conducta y no querrán ser monitoreados y en consecuencia regresarán al «submundo delincuencial».
Por tal razón, un dato importante a tener en cuenta es que la propia Contraloría General de la República también debe participar en la adquisición de los grilletes electrónicos, pues debe existir un concurso público con las reglas administrativas claras de contratación con el Estado, a fin de que se adquieran dispositivos de alta calidad y seguridad, y que además permita que no se nos vaya a vender gato por liebre, pues a pesar de la tardía puesta en vigencia de la norma, es una buena noticia para la comunidad penitenciaria. Se corre traslado.




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