[VIVO] Clase magistral sobre los problemas del control de acusación (17 marzo)

Nos complace anunciar que, en el marco del Diplomado Código Procesal Penal y litigación oral, el abogado penalista Gonzalo del Rio Labarthe dictará en vivo y en directo una clase magistral sobre los problemas del control de acusación.

La clase se desarrollará el martes 17 de marzo a las 6 p. m. Quienes deseen participar en esta sesión extraordinaria pueden comunicarse con nosotros internamente al 916524845.

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Los problemas más recurrentes que enfrentamos los abogados litigantes en esta etapa son:

1. El despacho judicial como «Mesa de partes»

El problema más grave es la falta de rigurosidad de algunos jueces de investigación preparatoria. En lugar de actuar como garantes, muchos adoptan una postura pasiva, admitiendo acusaciones con deficiencias bajo el argumento de que «se verá en el juicio». Esto convierte a la etapa intermedia en un «trámite burocrático» en lugar de una verdadera barrera contra juicios innecesarios.

2. Deficiencias en la imputación necesaria

A menudo, la Fiscalía presenta acusaciones «en bloque», lo que genera los siguientes problemas:

  • Falta de individualización: Se atribuyen hechos genéricos a varios imputados sin precisar qué hizo cada uno.
  • Relatos fácticos vagos: No se cumplen los requisitos del art. 349 del CPP, obligando a constantes devoluciones del requerimiento fiscal para su subsanación.

3. El debate probatorio irrelevante

Existe una tendencia a la «hipertrofia probatoria». El Ministerio Público suele ofrecer una cantidad excesiva de testigos o documentos que no son pertinentes ni útiles para el caso concreto. El reto es lograr que el juez aplique criterios estrictos de pertinencia, conducencia y utilidad para evitar juicios interminables.

4. Plazos y dilaciones excesivas

Aunque la norma establece plazos cortos, en la práctica, la etapa intermedia puede durar meses o años, especialmente en casos complejos, lo que genera incertidumbre jurídica para el imputado y el uso de esta etapa para discutir medidas restrictivas (como la prisión preventiva) en lugar de centrarse en la acusación misma.

5. Resistencia al sobreseimiento de oficio

Los jueces son extremadamente reacios a dictar el sobreseimiento (archivo) durante el control sustancial, incluso cuando es evidente que el hecho no es delito (atipicidad) o no hay pruebas suficientes. Prefieren que sea un juzgado colegiado el que decida en la sentencia final, ignorando que su función es precisamente evitar que casos sin base lleguen a esa instancia.

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