¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita sobre el bloque de constitucionalidad, a cargo del especialista Luis Sáenz Dávalos, a través de la plataforma de Facebook y YouTube.
El docente Luis Sáenz Dávalos es Abogado titulado por la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM). Egresado de la maestría en derecho con mención en derecho constitucional en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP).
INVITACIÓN
Asimismo, aprovechamos la oportunidad para informarles que, nuestro Diplomado Derecho constitucional, procesal constitucional y DD. HH. dará inicio el jueves 13 de febrero de 2025. Será un total de 22 sesiones en vivo a desarrollarse los martes, jueves de 6:00 p. m. a 9:00 p. m. y sábados de 9:00 a. m. a 12:00 m. Adicionalmente, se brindará 2 clases magistrales.
Las clases serán transmitidas en vivo y en directo en calidad HD a través de nuestra plataforma virtual (virtual.lpderecho.pe) a la que podrá acceder mediante una clave proporcionada por LP. Asimismo, contará con un espacio interactivo para realizar sus preguntas en tiempo real. El participante podrá ver los vídeos nuevamente porque se quedarán grabados en la plataforma.
HASTA EL 6 DE FEBRERO LLEVATE LIBROS GRATIS
Está sesión en vivo está dirigido a abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), estudiantes de derecho y público interesado.
Esta clase gratuita sobre el bloque de constitucionalidad por Luis Sáenz Dávalos, se desarrollará este miércoles, 29 de enero de 2025 a las 3:00 p. m. Si desean recibir las diapositivas pueden completar el siguiente formulario:
INFORMACIÓN DE MATRICULA
Aprovecha la oportunidad para inscribirte a nuestro Diplomado Derecho constitucional, procesal constitucional y DD. HH., y llevate de regalo los siguientes libros a los que se inscriban hasta el 6 de febrero de 2024:
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- Un ejemplar gratis del libro «El Nuevo Código Procesal Constitucional desde la sala de máquinas del Congreso de la República» del abogado constitucionalista y excongresista Luis Andrés Roel Alva.
- Un ejemplar del libro Constitución con jurisprudencia relevante y actual (tapa dura), que será entregado en la presentación que se llevará a cabo en agosto de 2025.
IMPORTANTE: El alumno deberá enviar la foto del voucher al wasap 944515009 o al correo [email protected], indicando su nombre completo, DNI, celular, correo electrónico y dirección detallada.
Para más información puede dejar su whatsapp en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al whatsapp 920528917. También puede escribir al correo [email protected]
LA CLASE SE TRANSMITIRÁ POR NUESTRA PLATAFORMA DE FACEBOOK Y YOUTUBE A LA HORA INDICADA

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![La exigencia de ley previa se sitúa a caballo entre la garantía material y formal: protege tanto la seguridad como la libertad del ciudadano frente a una aplicación sorpresiva del «ius puniendi» —y, así mismo innecesaria desde el prisma de la finalidad de prevención general de la pena—, e impide que las normas sancionadoras, que por no existir no podían ser conocidas y tomadas en consideración por el ciudadano, se apliquen a conductas que cuando se realizaron no estaban prohibidas por una ley, o, aún prohibidas, estaban menos castigadas [Sentencia 54/2023, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-Tribunal-Constitucional-de-Espana-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Las normas de «ius cogens» pueden prevalecer sobre el principio de legalidad: el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos alude claramente a la posibilidad de procesar y condenar penalmente por la comisión de un acto, a pesar de no encontrarse previamente prohibido y penado por el Derecho escrito, siempre que tal acto resulte delictivo «según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional» [Exp. 00024-2010-PI/TC, ff. jj. 53-55] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Dos dimensiones del principio de legalidad penal: como principio constitucional, informa y limita los márgenes de actuación de los que dispone el legislador al momento de determinar las conductas prohibidas y sus respectivas sanciones; y, como derecho subjetivo constitucional, garantiza a toda persona que la conducta prohibida esté prevista en una norma previa, estricta y escrita, y también que la sanción esté contemplada previamente en una norma jurídica [Exp. 01469-2011-PHC/TC, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[Balotario notarial] Gestión documental notarial: protocolo notarial, registros notariales, traslados instrumentales (testimonios, partes, boletas y copias)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PROTOCOLO-REGISTRO-GESTION-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-100x70.jpeg)




![Los presidentes del Poder Judicial sí deben contar con legitimidad para interponer demandas de inconstitucionalidad, puesto que, si existe una norma que afecta a la institución, tendrían que recurrir al fiscal de la Nación [Exp. 00006-2009-PI/TC, ff. jj. 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-324x160.png)