Artículo 665.- Embargo en forma de intervención en recaudación
Cuando se solicite recabar información sobre el movimiento económico de una empresa de persona natural o jurídica, el Juez nombrará uno o más interventores informadores, señalándoles el lapso durante el cual deben verificar directamente la situación económica del negocio afectado y las fechas en que informarán al Juez.
Concordancias
CC: arts. 96, 120; CPC: arts. 642, 644, 649, 666-668; LGSC: art. 18.2; LBS: art. 275.
Jurisprudencia del artículo 665 del Código Procesal Civil
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Corte Superior
- Sala concede embargo en forma de intervención en información justificando que movimientos contables de empresa afectada son susceptibles de alteraciones [Exp. 31807-1999]. Link: lpd.pe/pnEq3
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