Jurisprudencia del artículo 382 del Código Procesal Civil.- Apelación y nulidad

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Artículo 382.- Apelación y nulidad
El recurso de apelación contiene intrínsecamente el de nulidad, sólo en los casos que los vicios estén referidos a la formalidad de la resolución impugnada.


Concordancias

CPC: arts. 171, 177, 364.


Jurisprudencia del artículo 382 del Código Procesal Civil

  • Corte Suprema

  1. No se invalida sentencia si apoderado tenía facultades para ejercer derechos procesales en favor de codemandado desde la etapa postulatoria [Casación 1771-2015, Tacna]. Link: lpd.pe/pz5A7
  • Corte Superior

  1. Auto final es nulo si juez omite pronunciarse respecto a la oposición formulada contra la pericia ofrecida por el ejecutante [Exp. 02135-2018-0]. Link: lpd.pe/2owBK

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