Jurisprudencia del artículo 253 del Código Procesal Penal.- Principios y finalidad (las medidas de coerción procesal)

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Artículo 253.- Principios y finalidad
1. Los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y los Tratados relativos a Derechos Humanos ratificados por el Perú, sólo podrán ser restringidos, en el marco del proceso penal, si la Ley lo permite y con las garantías previstas en ella.

2. La restricción de un derecho fundamental requiere expresa autorización legal, y se impondrá con respeto al principio de proporcionalidad y siempre que, en la medida y exigencia necesaria, existan suficientes elementos de convicción.

3. La restricción de un derecho fundamental sólo tendrá lugar cuando fuere indispensable, en la medida y por el tiempo estrictamente necesario, para prevenir, según los casos, los riesgos de fuga, de ocultamiento de bienes o de insolvencia sobrevenida, así como para impedir la obstaculización de la averiguación de la verdad y evitar el peligro de reiteración delictiva.


Concordancias

C: arts. 1, 33.


Jurisprudencia del artículo 253 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema 

    1. Para imponer una medida de coerción se necesitan los presupuestos fumus delicti comissi y periculum in mora (doctrina legal) [AP 7-2011/CJ-116]. Link: bit.ly/3It9dMf
    2. La exigencia del fumus delicti comissi no persigue que se desbarate la presunción de inocencia [RN 862-2020, Lima]. Link: bit.ly/3u6HsTP

  • Corte Superior

    1. Periculum libertatis: Presupuestos —necesidad y urgencia— para dictar y mantener detención preliminar (caso Edwin Oviedo) [Exp. 0047-2018-1]. Link: bit.ly/3NnFkO7
    2. Bienes de la sociedad conyugal pueden ser objeto de medidas cautelares para asegurar acreencias personales [Exp. 0022-2017-19]. Link: bit.ly/3yojaHg
    3. En casos de OAF, la medida de detención o comparecencia debe observar el interés superior del niño [Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de Cajamarca, 2007]. Link: bit.ly/3FC0Caw
  • Tribunal Constitucional 

    1. Rebus sic stantibus: Medidas de coerción están subordinadas a la estabilidad o el cambio de los presupuestos que lo sustentaron [Exp. 01036-2011-PHC/TC]. Link: bit.ly/3bo1UZC
    2. Conducción compulsiva de una persona a un local policial y su retención sin que exista mandato judicial motivado constituye un atentado contra la libertad individual [Exp. 849-2000-HC/TC]. Link: bit.ly/3xXMXoX
    3. Derecho a ser puesto a disposición judicial dentro del plazo estrictamente necesario (precedente vinculante) [Exp. 06423-2007-PHC/TC]. Link: bit.ly/3ylNqTg
    4. Aplicación de los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad para dictar las medidas limitativas [Exp. 2235-2004-AA/TC]. Link: bit.ly/3QONX7f 
    5. Medida limitativa de libertad: Criterios para garantizar el equilibrio entre un proceso eficiente y una protección a los derechos del imputado [Exp. 0731-2004-HC/TC]. Link: bit.ly/3Or48WV
    6. La «tutela cautelar» forma parte del derecho al debido proceso [Exp. 00023-2005-PI/TC]. Link: bit.ly/3G6fyxR
    7. NUEVO: Toda detención provisional tiene como última finalidad asegurar el éxito del proceso [Exp. 0020-2004-HC/TC]. Link: bit.ly/44Wgxuq
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos

    1. Características que debe tener una medida de detención [Norín Catrimán y otros vs. Chile]. Link: bit.ly/3yrkYPO
    2. Requisitos para una detención legal no son los mismos para identificar si es arbitraria [Norín Catrimán y otros vs. Chile]. Link: bit.ly/39TGfYS
    3. Juez debe valorar periódicamente las causas y los fines que justifican las medidas cautelares privativas de la libertad [Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez vs. Ecuador]. Link: bit.ly/3A9gdvu
    4. Tres criterios para la imposición de limitaciones o restricciones a determinados derechos y libertades [OC-6/86]. Link: bit.ly/3a0EwRM
    5. Tres presupuestos que debe tener una medida restrictiva de libertad para no ser arbitraria [Romero Feris vs. Argentina]. Link: bit.ly/3AibwQf
    6. Corte IDH: Las medidas restrictivas de libertad no son el anticipo de una condena [Suárez Rosero vs. Ecuador]. Link: bit.ly/3Ntz5Z2
    7. Medidas cautelares no deben extenderse a periodos tan prolongados sin revisiones periódicas [Andrade Salmón vs. Bolivia]. Link: bit.ly/3Umkrr5
  • Legislación

    1. NUEVO: Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares [Ley 27379]. Link: bit.ly/3XT5jni

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