Artículo 1679.- Presunción de buen estado
Entregado el bien al arrendatario, se presume que se halla en estado de servir y con todo lo necesario para su uso.
Concordancias
CC: arts. 1485, 1486, 1655, 1731.
Jurisprudencia del artículo 1679 del Código Civil
Corte Suprema
- No corresponde presunción de buen estado de local si el conflicto es la responsabilidad de las demandadas al omitir información de carecer licencia de construcción [Casación 846-2008, Lima]. Link: lpd.pe/4BTqr
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