Jurisprudencia del artículo 111 del Código Procesal Penal.- Citación a personas que tengan responsabilidad civil (tercero civil)

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 111.- Citación a personas que tengan responsabilidad civil
1. Las personas que conjuntamente con el imputado tengan responsabilidad civil por las consecuencias del delito, podrán ser incorporadas como parte en el proceso penal a solicitud del Ministerio Público o del actor civil.

2. La solicitud deberá ser formulada al Juez en la forma y oportunidad prevista en los artículos 100º – 102º, con indicación del nombre y domicilio del emplazado y su vínculo jurídico con el imputado.


Concordancias

NCPP: arts. 100-102, 149-154; CC: arts. 163, 166, 172, 195.


Jurisprudencia del artículo 111 del Código Procesal Penal

  • Corte Suprema

    1. Alcances de la incorporación del tercero civil en el proceso inmediato (doctrina legal) [APE 2-2016/CIJ-116]. Link: bit.ly/3CPNlt2
    2. No se puede incluir como tercero civil a empresas privadas solo por convenios de cooperación con la PNP [Casación 49-2020, Apurímac]. Link: bit.ly/3CSCgrG
    3. Notas características del tercero civil [Casación 498-2019, Cajamarca]. Link: bit.ly/3BaNXsw
    4. Ley General de Transporte vs. DL 299 (arrendamiento financiero): propietario del vehículo no responde en forma solidaria por el daño causado por el arrendatario [Casación 1146-2019, Piura]. Link: bit.ly/3Ezujsh
    5. Legitimidad del Ministerio Público para solicitar la incorporación del tercero civil cesa si hay constitución en actor civil [Casación 1547-2018, Tacna]. Link: bit.ly/3AGUFql
    6. Imputado y tercero que contribuye con «su propia conducta» a causar el daño tienen responsabilidad civil (caso Lamsac) [Casación 951-2018, Nacional]. Link: bit.ly/3sW3CqO
    7. Persiste responsabilidad del tercero civil pese a que imputado se haya acogido al principio de oportunidad [Casación 1676-2017, Arequipa]. Link: bit.ly/3c6qnTL

    8. Dos requisitos para ser tercero civilmente responsable [Casación 547-2016, Cusco]. Link: bit.ly/3ywPczQ 
    9. Comunidad campesina no es tercero civil, aunque sentenciados pertenezcan a ella y exista un acuerdo comunal [Casación 547-2016, Cusco]. Link: bit.ly/3rLqNDw
    10. Solicitud de incorporación de tercero civil se puede efectuar hasta antes de la culminación de investigación, mas su aceptación puede ser posterior [Casación 79-2010, La Libertad]. Link: bit.ly/3yyaTAe
  • Corte Superior

    1. Representantes de consorcio pueden ser terceros civilmente responsables si forman una empresa con la voluntad de defraudar al Estado (caso Odebrecht) [Exp. 00026-2018-19]. Link: bit.ly/3CQabAZ
    2. Oportunidad para constituirse en tercero civil es antes de la notificación de la disposición de conclusión [Exp. 00031-2017-3]. Link: bit.ly/3QDteSB

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios: