Aprueban formato y contenido del certificado SOAT electrónico

Aprueban formato y contenido del certificado SOAT electrónico

RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 688-2017 MTC/01.02

Lima, 24 de julio de 2017

VISTOS: El Informe Nº 532-2017-MTC/15.01 de la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre y el Memorándum Nº 1409-2017-MTC/15 de la Dirección General de Transporte Terrestre; y,

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CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, en adelante, el Reglamento, establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre; así como, el régimen y características del seguro obligatorio por accidentes de tránsito, en el marco de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;

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Que, el artículo 3 del Reglamento, señala que la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT, deberá constar en un Certificado SOAT físico o Certificado SOAT electrónico, cuyos formatos y contenidos serán aprobados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP;

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Que, conforme a lo dispuesto en el Reglamento, la Dirección General de Transporte Terrestre, en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, han evaluado el formato y el contenido de los citados instrumentos, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente;

Que, en tal sentido, de acuerdo a lo opinado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Oficio Nº 23653-2017-SBS, y por la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre, mediante Informe Nº 532-2017-MTC/15.01; es necesario aprobar el Formato y Contenido del Certificado Electrónico del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Decreto Supremo Nº 024-2002-MTC, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Formato y Contenido del Certificado SOAT electrónico

Aprobar el formato y el contenido del Certificado SOAT electrónico, conforme a lo establecido en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE

Ministro de Transportes y Comunicaciones


ANEXO N° 1

FORMATO Y CONTENIDO DEL CERTIFICADO SOAT ELECTRÓNICO

1. CONTENIDO DEL FORMATO

– En la parte superior se colocará el logo del MTC y la impresión “Certificado Electrónico de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito – SOAT”

– Razón Social de la Compañía de Seguros.

– Dirección de la Compañía de Seguros.

– Teléfonos de atención en caso de emergencia.

– Información de la póliza (Nº de póliza – certificado).

– Vigencia de la póliza.

– Vigencia del Certificado SOAT (Control Policial).

– Datos del vehículo asegurado (placa, categoría/clase, uso del vehículo, VIN/Nº de serie).

– Datos del Contratante (nombre o razón social, documento de identidad/RUC, teléfono y dirección, distrito, provincia y departamento).

– Fecha, hora de emisión y monto de la prima

– En la parte inferior se colocará lo siguiente:

– Los establecimientos de salud públicos y privados están obligados a prestar atención médico quirúrgica de emergencia en caso de la ocurrencia de un accidente de tránsito conforme a lo establecido en la Ley Nº 26842, Ley General de Salud y su Reglamento.

– La información sobre las obligaciones derechos del contratante/asegurado, coberturas, exclusiones, las podrá encontrar ingresando a www.apeseg.org.pe/soat o solicitando tu cartilla informativa en las oficinas de tu compañía de seguros.

IMAGEN DEL CERTIFICADO ELECTRÓNICO

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