La Autoridad Nacional de Control (ANC) del Poder Judicial (PJ) amonestó al juez E. R. L. E., en su condición de jefe de la Odecma de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, por «incurrir en conducta y trato manifiestamente discriminatorio en el ejercicio del cargo» contra una jueza.
La medida, que apeló una resolución del 30 de septiembre de 2024, determinó que el magistrado «incurrió en un acto atentatorio contra la dignidad» de la afectada. De acuerdo a la resolución que abrió el procedimiento administrativo disciplinario, los hechos sucedieron durante una entrevista del 11 de mayo de 2022.
En este contexto, el funcionario se habría referido a la magistrada con expresiones como «trastornada» o «perturbada». «Si usted está trastornada, perturbada psicológica requiere ayuda, le tiene miedo a un Juez, no puede cruzarse con él. O sea, ¿está usted habilitada para ser jueza?», consigna el documento sancionador. Ante estos hechos, el organismo tipificó lo siguiente:
Con dicho proceder, habría inobservando el articulo 2.2 de la Constitución Policita del Perú, y como tal habría cometido la falta grave prevista en el articulo 47.7 de la Ley 29277, de la Carrera Judicial, cuyo tenor es el siguiente: «Incurrir en conducta y trato manifiestamente discriminatorio en el ejercicio del cargo».
Por ello, en la investigación definitiva del 15 de marzo de 2025, la ANC del PJ revocó la resolución que absolvió al magistrado y le impuso una medida disciplinaria de amonestación.
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