Una propietaria denunció ante el Indecopi a una inmobiliaria por entregarle un terreno en Cañete con desmonte y veredas hundidas frente a su lote. ¿Qué resolvió el Indecopi?
Los hechos
La propietaria sostuvo que el terreno le fue entregado con desmonte y restos de materiales de construcción y con veredas hundidas.
Afirmó que esa condición no estaba contemplada en el contrato y pidió a la inmobiliaria limpiar el terreno, pero no obtuvo respuesta.
2. (…) “En tanto, dicho proveedor denunciado habría puesto a disposición del denunciante un bien inmueble que presentó los siguientes desperfectos, los cuales no habrían sido reparados: (i) Desmonte; y, (ii) veredas hundidas y rotas en el frontis».
Como prueba, presentó una fotografía donde se observan piedras, tierra y vegetación, además de un correo electrónico enviado a la empresa reportando lo ocurrido.

La inmobiliaria se defendió
La inmobiliaria negó los cargos y señaló que el lote fue vendido como un predio rústico, es decir, sin habilitación urbana ni acabados. Argumentó que el contrato indicaba un desnivel de hasta 60 centímetros respecto de la vereda frontal y que la propietaria firmó el acta de entrega sin registrar reclamos.
iii) Que, en la cláusula primera del contrato de compraventa se indicó que el Inmueble contaba con un desnivel de hasta 60 centímetros respecto de la vereda frontal, situación que fue aceptada por la señora.
También sostuvo que la imagen presentada no mostraba desmonte, sino elementos naturales del terreno: piedras, tierra y vegetación, propios de un espacio aún no urbanizado.
Así resolvió el Indecopi
El Indecopi concluyó que las pruebas no demostraban la existencia de desmonte. Tras analizar la fotografía, consideró que lo visible correspondía al estado normal de un terreno rústico, previo a su habilitación urbana.
Además, verificó que la propietaria firmó el acta de entrega sin dejar constancia de observaciones. Por ello, la entidad declaró infundada la denuncia.
16. Así, de la reseñada imagen fotográfica que presentó la denunciante, se aprecia que, si bien el lote de terreno presenta desniveles o leves levantamientos de tierra, algunas piedras y plantas, estos elementos solo serían parte de las características propias de dicho terreno que, precisamente, antes de su habilitación urbana, tenía la condición de terreno rústico.
Respecto al reclamo sobre las veredas, el Indecopi precisó que ese punto no fue evaluado por falta de competencia, y la propietaria no presentó apelación.
Opinan los expertos
El abogado Oscar Pimentel Aranda, especialista en derecho inmobiliario, respaldó la resolución del Indecopi. Indicó que la propietaria firmó el acta de entrega del terreno, lo que demuestra que la inmobiliaria cumplió con su obligación.
Concuerdo la Resolución de del Indecopi. La materia de denuncia corresponde al deber de idoneidad y la denunciante al haber firmado conformidad de un predio rústico hace verosímil que la inmobiliaria cumplió con su obligación contractual, sostuvo Oscar Pimentel Aranda.
Inscríbete aquí Más información
El abogado Diego Arpasi Quispe, especialista en derecho del consumidor y propiedad intelectual, coincidió con la resolución del Indecopi. Precisó que el contrato establecía un desnivel máximo de 60 centímetros y que la denunciante no presentó pruebas técnicas que demostraran un incumplimiento.
Agregó que, era responsabilidad de la denunciante presentar esos medios de prueba, por lo que respaldó la decisión del Indecopi.
Estoy conforme con lo que dice la resolución de la sala, solo se adjuntó una fotografía, cuando lo correcto habría sido una pericia técnica para verificar si existía un desnivel mayor o los daños mencionados, comentó Diego Arpasi Quispe.
Fundamentos destacados: 14. De lo observado en el contrato, se verificó que el inmueble en cuestión fue vendido tomándose en consideración que se trataba de un predio rústico en proceso de saneamiento, con la finalidad de que este tenga las características de un predio urbano; siendo que incluso se precisó que este presentaría un desnivel respecto de la vereda frontal por hasta 60 cm.
Lea la resolución completa aquí


![Los problemas de salud constituyen un factor razonable que, desde el principio de proporcionalidad, debe considerarse al evaluar la necesidad de imponer o continuar la medida de prisión preventiva [Casación 244-2022, Áncash, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No solo el extraneus, sino también el funcionario público que realice un acto de colaboración punible tiene la calidad de cómplice primario y no de autor, siempre que su contribución sea esencial e indispensable para la comisión del delito de colusión [RN 1017-2024, Loreto, ff. jj. 52-53]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Voto singular] De «sujeto» a «objeto» del proceso: debe acreditarse peligro procesal para dictar prisión preventiva; de lo contrario, esta medida cautelar se convertiría en una sanción [Exp. 03217-2022-PHC/TC, ff. jj. 7-8] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi multa a colegio por haber puesto a disposición de sus alumnos libros con «alto contenido sexual» [Resolución Final 2908-2025/CC2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/COLEGIO-ROOSEVELT-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Trabajadores CAS deben efectuar sus reclamaciones de orden laboral vía proceso contencioso-administrativo [Cas. Lab. 21508-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El empleador es quien debe acreditar la jornada de trabajo, de no hacerlo deberá asumir el pago de horas extras [Casación 15471-2023, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/horas-extras-sobretiempo-sobre-tiempo-trabajo-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Suprema validó despido de un trabajador que asistió a una reunión social mientras tenía licencia con goce de haber por ser persona de riesgo durante la pandemia [Cas. Lab. 16063-2023, Moquegua]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/fallecimiento-despido-laboral-trabajador-estres-renuncia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Suprema ordena reposición de trabajador despedido por motivos de salud [Exp. 7352-2018-0-1801-JR-LA-04]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/TRABAJADOR-DOLOR-ESPALDA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Voto singular] La representación popular en una democracia representativa comprende dos elementos: el institucional (partido u organización política) y el personal (individuo que aspira a la curul); es decir, la condición ineludible para arribar un cargo de representación popular es a través de un partido u organización política (caso del fortalecimiento de los grupos parlamentarios) [Exp. 00001-2018-AI/TC, ff. jj. 4-5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)

![Modifican el Reglamento de la Ley que regula el régimen disciplinario de la PNP y la tabla de infracciones [DS 016-2025-IN] Policía](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Policia-PNP-oficial-LPDerecho-4-218x150.jpg)
![Reglamento de la Ley de prevención y control de la contaminación lumínica [Decreto Supremo 021-2025-Minam]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CONTAMINACION-LUMINICA-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Destituyen a juez de paz por emitir acta de constatación de vivienda desocupada y cobrar por ello un monto superior al permitido [Inv. Def. 2667-2023-La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-DOCUMENTO-ESCRITORIO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![PJ ordena a la JNJ reponer a Delia Espinoza en el cargo de fiscal de la Nación dentro de los dos días siguientes a la notificación [Exp. 10506-2025-26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DELIA-ESPINOZA-JNJ-LPDERECHO-1-100x70.jpg)




![[Voto singular] De «sujeto» a «objeto» del proceso: debe acreditarse peligro procesal para dictar prisión preventiva; de lo contrario, esta medida cautelar se convertiría en una sanción [Exp. 03217-2022-PHC/TC, ff. jj. 7-8] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-100x70.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Modifican Decreto que fija la asignación familiar para trabajadores de la actividad privada [Decreto Supremo 003-2023-TR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/09/discapacidad-motriz-LPDerecho-324x160.png)