Esta es una noticia que ha llamado la atención de propios y extraños. En el oficio 1414-2019-93-3°JIP-HZ-CSJAN/PJ, difundido por el abogado penalista Jefferson Moreno, se da cuenta del polémico comunicado de un juzgado de investigación preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Áncash dirigido al decano del Colegio de Abogados de Áncash.
En el documento el juez le hace saber al decano de la Orden, que su despacho ha tomado una dura medida contra aquellos abogados excluidos de un proceso por haber faltado a las audiencias o por cualquier otra razón.
«El abogado que es excluido de un proceso por no asistir a las audiencias o por cualquier otro motivo, no podrá ingresar a los procesos por los delitos de corrupción de funcionarios», dice la escueta misiva.
Esta decisión ha llamado la atención de un sector de abogados que la objetan por cuanto se estaría afectando el derecho a la libre elección de un abogado que tienen los justiciables y el derecho de los abogados excluidos al trabajo.
¿Qué opinan?
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![Es irrazonable sostener que el arraigo familiar está ampliamente relativizado porque se tiene un régimen patrimonial conyugal de separación de bienes, los hijos son mayores de edad, y uno de ellos ya culminó su carrera profesional [Casación 50-2020, Tacna, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-frontal-corte-LPDerecho-218x150.png)

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