Trámite de visado de planos solo denota la posesión mas no acredita la propiedad sobre área adicional ocupada [Exp. 00507-2021-0]

282

Fundamento destacado: 3.18.- En cuanto a la posición de los apelantes, que vienen poseyendo todo el bien por más de diez años, de forma pacífica, ininterrumpida, a título de propietarios, tales argumentos entrañan los presupuestos de la prescripción adquisitiva de dominio, sin embargo, en el presente proceso, como los mismos demandados sostienen, vienen realizando el trámite de visado de planos, esto es, actos que solo denotan posesión, pero no acreditan haber sido declarados como propietarios sobre la totalidad del inmueble.


CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO
SALA CIVIL 

SENTENCIA DE VISTA

Expediente N° : 00507-2021-0-1001-JR-CI-02.

Demandante : María Elvira Corrales Ccorihuamán.

Demandada : Benicio Sullca Coronel y Maruja Condori Llamocca.

Materia : Desalojo por Causal de Ocupación Precaria.

Procede : Segundo Juzgado Civil.

Jueza Superior Ponente : Sra. Castillo Cusi.

RESOLUCIÓN N° 30

Cusco, 16 de marzo de 2022

VISTO: El presente proceso venido en grado de apelación.

I. RESOLUCIONES MATERIA DE APELACIÓN

Son las siguientes:

  • Con calidad de diferida, la Resolución N° 10, de 16 de agosto de 2021 (folio 293), en los extremos que resuelve:
    1. Declarar INFUNDADA la EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMIDAD PARA OBRAR DEL DEMANDANTE deducido por el demandado BENICIO SULLCA CORONEL, mediante escrito de fojas 154 y siguientes.
    2. Declarar INFUNDADAS las EXCEPCIONES DE REPRESENTACIÓN DEFECTUOSA O INSUFICIENTE DEL DEMANDANTE (…) deducidos por la demandada MARUJA CONDORI LLAMOCCA mediante escrito de fojas 208 y siguientes.
  • La sentencia contenida en la resolución N° 18, de 27 de septiembre de 2021, que resuelve:

DECLARANDO FUNDADA la demanda interpuesta por MARÍA ELVIRA CORRALES CCORIHUAMAN, en contra de BENICIO SULLCA CORONEL y MARUJA CONDORI LLAMOCCA sobre DESALOJO con la causal de Ocupante Precario, en consecuencia DISPONGO, que, los demandados BENICIO SULLCA CORONEL y MARUJA CONDORI LLAMOCCA cumplan con RESTITUIR a favor de la demandante el predio denominado: Lote “A” ubicado en el Sector Unoraquinapampa Ccorccocha de la Asociación de Propietarios Sucso Auccaylle del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco, identificado con Unidad Catastral 31076 de un área de 18,727.81 m2 y un perímetro de 596.61 ml. Con costas y costos.

II. PRETENSIONES IMPUGNATORIAS

Son las siguientes:

  • Benicio Sullca Coronel interpone recurso de apelación contra el auto en referencia solicitando la revocatoria (folio 312).
  • Maruja Condori Llamocca interpone recurso de apelación contra el auto referido solicitando la revocatoria (folio 319).
  • Benicio Sullca Coronel interpone recurso de apelación contra la
    sentencia solicitando la revocatoria (folio 560).
  • Maruja Condori Llamocca interpone recurso de apelación contra la sentencia solicitando la nulidad o revocatoria (folio 618).

[Continúa…]

Descargue en PDF la resolución

Comentarios: