Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) es una entidad adscrita a Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) supervisa el cumplimiento de la normativa socio-laboral y de seguridad y salud en el trabajo, ejecutando las funciones de fiscalización y sanción en materia de inspección del trabajo dentro del ámbito de su competencia.
Asimismo, aprobamos las políticas institucionales en materia de inspección del trabajo, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales.
Tenemos el compromiso de ejecutar los servicios de promoción, prevención, fiscalización y supervisión del cumplimiento de las normas socio-laborales y las de seguridad y salud en el trabajo, hacia el logro del trabajo digno para los trabajadores, en el marco de la política nacional de modernización de la gestión pública e imponemos las sanciones legalmente establecidas por el incumplimiento de las normas socio-laborales, en el ámbito de su competencia.
Nuestra misión es la de promover, fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las normas sociolaborales y las de seguridad y salud en el trabajo, en beneficio de los trabajadores, de la manera más adecuada para lograr condiciones de trabajo digno.
![El Tribunal Superior puede volver a valorar la prueba personal actuada en primera instancia, pero está supeditado a que haya sido entendida o apreciada con manifiesto error o de modo radicalmente inexacto, o que haya sido desvirtuada por pruebas practicadas en segunda instancia [Casación 1045-2022, Arequipa, f. j. 21]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ESPOSAS-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La exclusión de beneficio de reducción prudencial por responsabilidad restringida en los delitos contra la libertad sexual colisiona con el principio de igualdad ante la ley [Casación 2247-2022, Ica, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Si bien los personajes públicos están expuestos al escrutinio, cuando la querellada calificó de terrorista a la querellante, esta ya había dejado de ser congresista y no postulaba a la presidencia de la República, por lo que no se justifican los ataques (caso Carla García) [Exp. 08733-2023-0-1826-JR-PE-18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Carla-Garcia-Veronika-Mendoza-LPDerecho-218x150.png)
![Criterios del «test de referencia» para evaluar la veracidad de la declaración de la víctima: seguridad, concreción, claridad expositiva, seriedad expositiva —ausencia de fabulaciones—, expresividad descriptiva, ausencia de contradicción y concordancia del iter relatado, ausencia de lagunas, declaración no fragmentada y relato íntegro [Casación 940-2023, Loreto, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Los daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones laborales solo proceden si se prueban los elementos de la responsabilidad civil [Casación 19186-2024, Callao]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/contratacion-irregular-de-un-trabajador-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El aumento por extensión de la jornada laboral es remunerativo aunque no se haya pactado como básico [Cas. Lab. 6535-2023, Callao]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/laboral-horas-extras-sobretiempo-sobre-tiempo-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)
![El empleador puede asignar labores temporales siempre que esten en la misma categoría remunerativa [Casación 30775-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)


![Jurisprudencia del artículo 200.6 de la Constitución.- [Procesos constitucionales]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/BANNER-UNIVERSAL-CONTITUCION-LIBRO-LPDERECHO-1-218x150.jpg)
![Crean el Observatorio del Servicio Civil [Resolución 000027-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-3-LPDERECHO-218x150.jpg)
![MTC fija especificaciones técnicas para placas de motos [Resolución Directoral 006-2026-MTC/18]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/delivery-moto-lineal-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aprueban el plan nacional de control 2026 [Resolución de Contraloría 104-2026-CG]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/la-contraloria-LPDerecho-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)
![Confirman multa a empresa por no contratar desde el primer día de labores el seguro de vida ley en favor de un trabajador [Resolución 430-2023-Sunafil-TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Trabajador-oficina-computadora-LPDerecho-324x160.png)
![Confirman multa a Universidad ascendente a S/302 105 por discriminación salarial [Res. 073-2023-Sunafil/IRE-Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/Diferencia-salarial-LPDerecho-324x160.jpg)
![Precedente Sunafil sobre la obligación del empleador de garantizar el registro del control de asistencia [Resolución 007-2023-Sunafil/TFL]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/registro-asistencia-laboral-derecho-LPDerecho-324x160.png)
![Multan a empresa por no aplicar sanción a trabajador denunciado por hostigamiento sexual [Resolución 074-2023-Sunafil/TFL-Primera Sala] acoso-laboral](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/acoso-laboral-hostigamiento-violacion-secretaria-hostigar-LPDerecho-3-324x160.png)
![Responsabilidad del empleador en caso de contagio de covid-19 en el trabajo y posterior fallecimiento del trabajador [Res. 208-2023-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/sunafil-mascarilla-mal-uso-covid-enfermedad-trabajador-oficina-sancion-LPDerecho-324x160.png)
![Sala limita competencia sancionadora de Sunafil [Exp.13579-2020-0-1801-JR-LA-23] Sunafil](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Sunafil-LPDerecho-1-324x160.png)
![¿Convenio de pago de beneficios sociales acredita el cumplimiento de la medida de requerimiento impuesta por el inspector de trabajo? [Res. 190-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala] Sunafil](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Sunafil-LPDerecho-4-324x160.png)
![Protocolo de actuación en materia de trabajo forzoso (versión 1) [Resolución 038-2016-SUNAFIL] trabajo forzoso - LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/08/trabajo-forzoso-LP-324x160.jpg)
![Sunafil: directiva para la supervisión del sistema de inspección del trabajo [Resolución de Superintendencia 115-2023-Sunafil]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/07/Sunafil-obrero-construccion-seguridad-material-inspeccion-laboral-LPDerecho-324x160.png)

![Corte IDH condena al Perú por demora injustificada e innecesaria en la ejecución de decisiones judiciales en agravio de un jubilado [caso Cuadra Bravo vs. Perú]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Corte-IDH-fachada-LPDerecho-100x70.jpg)

![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)

![El Tribunal Superior puede volver a valorar la prueba personal actuada en primera instancia, pero está supeditado a que haya sido entendida o apreciada con manifiesto error o de modo radicalmente inexacto, o que haya sido desvirtuada por pruebas practicadas en segunda instancia [Casación 1045-2022, Arequipa, f. j. 21]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ESPOSAS-LIBROS-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Criterios del «test de referencia» para evaluar la veracidad de la declaración de la víctima: seguridad, concreción, claridad expositiva, seriedad expositiva —ausencia de fabulaciones—, expresividad descriptiva, ausencia de contradicción y concordancia del iter relatado, ausencia de lagunas, declaración no fragmentada y relato íntegro [Casación 940-2023, Loreto, f. j. 6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-100x70.jpg)