La Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (ODANC) en Ica suspendió un mes a un juez por dilatar, en un plazo que oscilo entre seis meses y dos años, la calificación de seis solicitudes de medidas cautelares presentadas fuera de proceso por una entidad financiera entre 2020 y 2022.
Asimismo, el órgano de control impuso una multa equivalente al 10% de su remuneración mensual al secretario judicial del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Chincha. Ello, por no dar cuenta de diversos escritos presentados en un proceso de embargo en forma de inscripción, generando un retardo procesal prolongado de más de treinta meses.
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Ambos pronunciamientos fueron adoptados al amparo del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, luego de constatarse la vulneración al principio de celeridad procesal y el incumplimiento de deberes funcionales.
De acuerdo a la resolución difundida por la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, el magistrado en cuestión «no calificó oportunamente seis solicitudes de medidas cautelares interpuestas entre el 2020 y 2022 por una entidad financiera», lo que transgredió la Ley de la Carrera Judicial.
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