La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) y el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en el contexto de la crisis sanitaria por el COVID-19, hacen el siguiente llamado a todas las universidades y escuelas de posgrado, regidas por la Ley Universitaria N.° 30220:
• Debido a la limitación de libre tránsito y la disminución de actividades económicas y el peligro al que se encuentran expuestas todas las familias en el país, la Sunedu y el Indecopi exhortan a las universidades a que realicen la reprogramación de matrículas, pagos o mensualidades, y a que se sumen a las instituciones y empresas que realizan esfuerzos para sobrellevar esta emergencia de la mejor manera.
• Si bien las casas de estudio han incrementado o están haciendo uso de tecnologías de la información, a fin de no perjudicar el período lectivo y responder a la emergencia, es importante señalar que esto únicamente puede darse de manera temporal, durante la emergencia, salvo que se emita normativa que disponga lo contrario.
• Para tal fin, las universidades deberán procurar el buen funcionamiento del sistema a utilizar, la provisión de los materiales académicos necesarios, la disponibilidad de docentes que guíen y acompañen este proceso, así como la implementación de líneas de orientación y soporte técnico a disposición de las y los estudiantes.
• Asimismo, se deberá considerar los casos en los que el alumnado no cuente con las condiciones que exige el uso de este tipo de tecnologías (conexión estable a internet, laptop, espacios para estudio), a fin de brindarles asistencia u otras opciones de recuperación. Esta consideración debe tenerse en cuenta, en especial para las y los alumnos beneficiarios de becas.
• La Sunedu y el Indecopi podrán, de manera inopinada y en el marco de sus competencias funcionales, iniciar acciones de supervisión para resguardar los derechos de las y los estudiantes, la recuperación efectiva de las clases y todo lo contemplado en la vigente Ley Universitaria y el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
• Por ello, invocamos a las casas de estudio a mantener una comunicación permanente con sus estudiantes y miembros de la comunidad universitaria, a fin de orientarlos e informarlos sobre las acciones para afrontar esta emergencia.
• Además, es preciso recordar a la ciudadanía que la Sunedu se encarga de supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones que se encuentran en la Ley Universitaria. En tanto, el Indecopi tiene como función proteger los derechos de las y los consumidores, respecto a los deberes de información e idoneidad, contemplados en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.
• Conforme a lo indicado:
o Sunedu: Verificará que las universidades y escuelas de posgrado cuenten con un plan de recuperación de clases en caso corresponda.
Las ciudadanas y ciudadanos pueden enviar sus consultas al correo electrónico: [email protected]
o Indecopi: Si una alumna o alumno detecta que el plan de recuperación presentado a la Sunedu no fue cumplido tiene todos los canales habilitados por la institución para presentar un reclamo o denuncia.
Asimismo, en aquellos casos en los que las universidades o escuelas de posgrado privadas expongan al peligro a las y los estudiantes y sus familias.
Información al teléfono 01 224-7777 para Lima y el 0-800-4-4040 (gratuito) para regiones, en el horario de 08:30 a.m. a 5:30 p.m.
Lima, 24 de marzo de 2020
Fuente: Sunedu



![[NUEVO] Protocolo de Actuación Interinstitucional de las Unidades de Flagrancia Delictiva [Decreto Supremo 026-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/detencion-preliminar-casos-de-no-flagrancia-lp-derecho-218x150.jpg)
![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![En la determinación de la pena suspendida, es posible elevar el límite habilitante de 4 a 5 años, previsto en una ley posterior (retroactividad benigna), y mantener la inexistencia de restricción para su aplicación al delito de peculado doloso, conforme a la ley vigente al momento de los hechos (principio de combinación) [Casación 1939-2023, Cusco, f. j. 8.4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/PENAL-BALANZA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Si no se formula la reserva procesal frente a la desestimación de la prueba ofrecida en la etapa intermedia y en el juicio, no se cuenta con habilitación para reiterarla en apelación [Casación 374-2023, Callao, f. j. 9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)












![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)





![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-218x150.jpg)
![Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026 [Resolución de Superintendencia 000390-2025/Sunat]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/sunat-fachada-LPDerecho-1-218x150.png)
![Aprueban incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen 728 de los gobiernos locales [DS 325-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/financiamiento-por-informacion-fraudulenta-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Aprueban incremento mensual de servidores, directivos y funcionarios de los regímenes 728 del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales, 1057, 30057 y 29709 [DS 327-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-LPDerecho-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)








![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-324x160.jpg)
![DL 276: aprueban MUC para servidores y funcionarios de las entidades del gobierno nacional y gobiernos regionales [DS 328-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-100x70.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-324x160.jpg)
![Fijan nuevos montos para la suspensión de pagos y retenciones de cuarta categoría en 2026 [Resolución de Superintendencia 000390-2025/Sunat]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/sunat-fachada-LPDerecho-1-100x70.png)
![Tercerización laboral: TC ratifica constitucionalidad [Exp. 01902-2023-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadora-empleado-oficina-presencial-trabajador-LPDerecho-100x70.jpg)

![Aprueban incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen 728 de los gobiernos locales [DS 325-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/financiamiento-por-informacion-fraudulenta-3-LPDerecho-100x70.jpg)
![Designan al General César Briceño jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas [Resolución Suprema 101-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/MASCARA-CESAR-BRICENO-VALDIVIA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales [RM 0476-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-LPDerecho-100x70.jpg)