Si has sido afectado con la suspensión perfecta de labores o la licencia sin goce de haberes, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisó que en caso no tengas liquidez para afrontar la pandemia podrías solicitar el adelanto del depósito de tu CTS de mayo e incluso tu gratificación correspondiente a julio. ¿Cómo hacerlo?
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Es importante tener en cuenta que esta medida se toma siempre y cuando el trabajador en suspensión perfecta de labores no cuente actualmente con saldo en su cuenta CTS.
De ser este el caso, deberá solicitar a su empleador el adelanto del pago de la CTS del mes de mayo de 2020 y gratificación del mes de julio de 2020, calculados a la fecha de desembolso.
Esta solicitud puede ser presentada por vías no presenciales y ejecutada mediante transferencia a cuentas activas/pasivas del trabajador que este indique. Dentro de los primeros cinco días, el empleador deberá efectuar el adelanto.
Es importante recordar que el Decreto de Urgencia Nº 038-2020 autoriza de forma excepcional a los empleadores a solicitar la suspensión perfecta de labores de sus trabajadores, además de disponer una serie de mecanismos para que los empleados afectados por esta medida no queden en la orfandad económica.
Estas medidas de protección están dirigidas a dos tipos de trabajadores. Por un lado, los trabajadores de la mediana y gran empresa que podrán acudir a sus fondos de CTS y sus aportes de pensiones a las AFP para tener liquidez, y aquellos trabajadores que por su régimen laboral (pequeña y microempresas) no cuentan con estos recursos, para quienes se ha dispuesto la entrega de una subvención económica de 760 soles mensuales durante tres meses, siempre y cuando ganen menos de 2.400 soles mensuales.
Este decreto precisa que las empresas del Estado comprendidas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) también podrán aplicar la suspensión perfecta de laborales.

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