Walter Lozada ha compartido los seis casos que le ha ganado el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Cervecera y afines del Perú (Sintraincer) a Backus. Aquí los tienen.
1. Casación 12975-2015, Lima
Sumilla: la motivación de las resoluciones judiciales constituye un derecho del justiciable, debiendo ser adecuada, suficiente y congruente, entendiéndose por motivación suficiente al mínimo de motivación exigible atendiendo a las razones de hecho o de derecho indispensables para asumir que la resolución está debidamente motivada. En el caso concreto, el Colegiado Superior ha cumplido con expresar los fundamentos de hecho y de derecho que sustenta su decisión.
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2. Casación 7395-2017, La Libertad
Sumilla: Se entiende por tercerización la contratación de empresas para que desarrollen actividades especializadas u obras, siempre que aquellas asuman los servicios prestados por su cuenta y riesgo, cuenten con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales, sean responsables por los resultados de sus actividades y sus trabajadores estén bajo su exclusiva subordinación.
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3. Casación 465-2018, Lima
Sumilla: se reconoce la relación laboral directa del actor con la empresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston Sociedad Anónima Abierta, al acreditarse la existencia de subordinación, que ejerce la empresa citada respecto al demandante, lo cual no debió ocurrir teniendo en cuenta la relación contractual que tuvieron las codemandadas.
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4. Casación 6770-2017, Lima
Sumilla: En el caso concreto, la Sentencia de Vista ha emitido pronunciamiento respecto de lo pretendido, cumpliendo con precisar los hechos y normas que le han permitido asumir el criterio interpretativo en el que sustenta su decisión, guardando sus fundamentos conexión lógica, de manera que dicho fallo no puede ser cuestionado por vulneración al debido proceso ni por falta de motivación.
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5. Casación 5779-2017, Lima
Sumilla: Se reconoce la relación laboral directa del actor con la empresa Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston Sociedad Anónima Abierta, al acreditarse la existencia de subordinación, que ejerce la empresa citada respecto al demandante, lo cual no debió ocurrir teniendo en cuenta la relación contractual que tuvieron las codemandadas.
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6. Casación 2071-2018, Lima
Sumilla: Cuando no está acreditada la vulneración de la garantía constitucional del derecho a la debida motivación, el recurso interpuesto deviene en infundado.
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