PDF | Reglamento de Plazos de Término de la Distancia (cuadro general) [RA 288-2015-CE-PJ]

20009

Compartimos el “Reglamento de Plazos de Término de la Distancia” y el “Cuadro General de Términos de la Distancia”, aprobado mediante RA 288-2015-CE-PJ, de fecha 16 de setiembre de 2015.


CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 288-2015-CE-PJ

Lima, 16 de setiembre de 2015

VISTO:

El Oficio N° 01-2015-RDVC/CCTD-CE-PJ, cursado por el Presidente de la Comisión encargada de elaborar el proyecto del Cuadro General de Términos de la Distancia, y su respectivo reglamento.

CONSIDERANDO:

Primero. Que se remite a éste Órgano de Gobierno el Informe N° 011- 2015-NOR-ST-ETI-CPP/PJ que contiene el trabajo realizado por la Comisión designada para la elaboración del Cuadro General de Términos de la Distancia y su respectivo reglamento, la misma que estuvo presidida por el doctor Ramiro De Valdivia Cano, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y conformada por personal del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, las Gerencias de Informática, Servicios Judiciales y de Planificación; y el Equipo de Implementación del Código Procesal Penal,

Segundo. Que la propuesta presentada tiene por finalidad brindar a las partes que intervienen en un proceso judicial y a los operadores de justicia, un documento normativo en donde constan las reglas y criterios que sirven de sustento para la aprobación del Cuadro de Términos de la Distancia, y su aplicación.

Tercero. Que el Cuadro General de Términos de la Distancia, y su reglamento constituye una herramienta de gestión necesaria para la institución y la impartición de justicia, por lo que teniendo en cuenta que es un instrumento actualizado acorde a nuestra realidad, considerando la modernización e incremento del parque automotor; así como otros medios de transporte, y la implementación de nuevas vía de comunicación, deviene en pertinente su aprobación.

Cuarto. Que, de conformidad con el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, disponer acciones que puedan mejorar los servicios de administración de justicia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1067-2015 de la cuadragésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el “Reglamento de Plazos de Término de la Distancia” y el “Cuadro General de Términos de la Distancia”; que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución y los documentos aprobados en el Diario Oficial El Peruano; y en la página web del Poder Judicial, para el cumplimiento de los fines de publicidad y transparencia.

Artículo Tercero.- Derogar toda norma administrativa que se oponga a la- presente decisión.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Oficinas Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y al Órgano de Control Institucional, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase

VÍCTOR TICONA POSTIGO
Presidente del consejo Ejecutivo del Poder Judicial

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