#LoÚltimo | Congreso aprueba proyecto sobre inscripción y cancelación de organizaciones políticas

Norma aprobada reúne las iniciativas presentadas por bancadas y el Poder Ejecutivo. Se aprobó en primera votación.

[Actualización]

Con 68 votos a favor, 20 en contra y 15 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó en primer votación el primer dictamen referido a la inscripción, afiliación, suspensión, renuncia y cancelación de las organizaciones políticas.

Durante su intervención en la sesión plenaria, informó que los artículos 13 y 15 del dictamen solo prevé la alianza entre los partidos políticos y “deja un vacío para las alianzas entre partidos y movimiento regionales”.

Informó que entre los cambios, se propone la cancelación de un partido político -en caso de haber participado en alianza- cuando “esta no alcanzó menos del 6% de votos válidos. Dicho porcentaje se eleva 1% por cada partido electoral”.

Otro aspecto a resaltar es que las organizaciones políticas que integren una alianza no pueden presentar en un mismo proceso electoral, listas de candidatos distintos a la presentada por la alianza.

Si bien inicialmente, la congresista Rosa Bartra, en calidad de presidenta de la Comisión de Constitución, mostró preocupación sobre la votación, pues se había aprobado con el mínimo exigido, cambió de opinión tras la intervención de las congresistas Glave y Alcorta.

La exoneración de la segunda votación se aprobó con 65 votos a favor, 23 en contra y 15 abstenciones.

A continuación lea el dictamen que contiene el texto sustitutorio del proyecto presentado por el poder ejecutivo.


Clic aquí para descargar el dictamen aprobado

[Nota original]

En primera votación, con 74 votos a favor, el Pleno aprobó esta noche el dictamen recaído en los proyectos de ley que modifican la legislación electoral sobre inscripción, afiliación, comités partidarios y otros, de las organizaciones políticas. Fueron ocho iniciativas que incluyeron las de las bancadas parlamentarias, del Poder Ejecutivo y el Jurado Nacional de Elecciones.

Al promediar las 7:30 de la noche y concluido el debate con la intervención del congresista Alberto Quintanilla (para hacer precisiones sobre si la valla de acceso será diferente para partidos, organizaciones y movimientos políticos), la presidenta de la Comisión de Constitución, Rosa Bartra, pidió que se votase el dictamen tal cual presentó este grupo legislativo.

Por tratarse de una ley orgánica se requería más de 66 votos, lo que fue logrado en la votación. Hubo nueve votos en contra y ocho abstenciones.

En la última hora de debate intervinieron congresistas de diversas bancadas, entre ellos Manuel Dammert. Dijo que la propuesta tenía un buen punto de partida porque ya no se pedían firmas de adherentes (“se acabaron las fábricas de firmas”, afirmó), sino comités del partido. Observó que se pedía 24 mil firmas de afiliados para los nuevos partidos, mas no así para los ya inscritos.

Luego intervinieron Rogelio Tucto, Marisa Glave, quien afirmó que Nuevo Perú había presentado un dictamen en minoría, e Indira Huilca. La primera de ellas opinó que se estaba poniendo una valla inalcanzable de tener 1/3 de candidatos inscritos en las elecciones en provincias y distritos; pidió que se disminuya el porcentaje.

Participaron luego César Villanueva, Gilbert Violeta (pidió corregir la propuesta porque pecaba de burocrática y reglamentarista. Pidió más operatividad); Jorge Castro: los movimientos regionales no son rivales de los partidos políticos, afirmó. Dijo que estos últimos no se identifican con las realidades de cada región porque cada una de ellas tiene su identidad; y Richard Arce, quien también cuestionó el contenido de la norma.

Luego de la intervención del congresista Quintanilla, el presidente de la sesión, Daniel Salaverry, sometió el dictamen a la primera votación, aprobándose con amplia mayoría.

Pendiente de votación

Previamente a este debate, el presidente Salaverry, dejó al voto la propuesta de reforma constitucional que incorpora el artículo 34-A y modifica el artículo 39 de la Constitución Política del Perú, sobre impedimentos para ejercer la función pública.

El artículo 34-A plantea que están impedidos de postular a cargos de elección popular quienes cuentan con sentencia condenatoria emitida en primera instancia por delito doloso, de acuerdo con los términos establecidos en la ley.

Y la modificación del artículo 39 propone que todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación. El Presidente de la República tiene la más alta jerarquía y, en ese orden, los representantes al Congreso, ministros de Estado, miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Magistratura, los magistrados supremos, el Fiscal de la Nación y el Defensor del Pueblo, en igual categoría; y los representantes de organismos descentralizados y alcaldes, de acuerdo a ley.

De igual manera, están impedidos de ejercer la función pública, mediante designación en cargo de confianza, los condenados por delito doloso en primera instancia, de acuerdo con los términos establecidos en la ley.

Fuente: Congreso de la República

11 Jul de 2019 @ 23:15

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