¿Cuáles son las reflexiones constitucionales tras veinte años de la codificación procesal constitucional en el Perú?

Autor: Alvaro Leonardo Cuba Carrera

Sumario: 1. Introducción, 2. Origen del Código Procesal Constitucional, 3. Impacto inicial, 4. Principales desafíos de la codificación inicial, 5. Nuevo Código Procesal Constitucional y perspectivas futuras, 6. Conclusiones.


1. Introducción

Hace veinte años, el Perú dio un paso significativo en la consolidación de su Estado de derecho con la promulgación del Código Procesal Constitucional. Esta normativa no solo buscó sistematizar y modernizar los procedimientos constitucionales, sino también fortalecer la protección de los derechos fundamentales y garantizar un acceso más efectivo a la justicia constitucional. Dos décadas después, es imperativo reflexionar sobre los logros, desafíos y lecciones aprendidas en este periodo.

Este artículo se propone analizar las principales reflexiones constitucionales que han emergido tras veinte años de la codificación procesal constitucional en el Perú. A través de un examen crítico, se explorarán los avances en la tutela de los derechos humanos, la evolución y los retos pendientes en la implementación de esta normativa. Asimismo, se abordarán las implicancias de estos desarrollos para el futuro del constitucionalismo en el país, considerando tanto el contexto nacional como las tendencias globales en materia de justicia constitucional.

2. Origen del Código Procesal Constitucional

El Código Procesal Constitucional del Perú, promulgado en 2004 mediante la Ley 28237, representa un hito en la historia jurídica del país. El origen de esta codificación se debe a la necesidad de unificar y organizar los procedimientos constitucionales, que hasta ese momento estaban disgregados y con carencia de uniformidad.

El proceso de gestación del código comenzó con la Constitución de 1993, la cual en su artículo 200 dispuso la necesidad de una ley orgánica que regulara los procesos constitucionales. Este mandato constitucional impulsó la creación de diversas comisiones y grupos de trabajo, con fines a desarrollar proyectos de ley que integraran las mejores prácticas y experiencias comparadas en materia de justicia constitucional. Curiosamente, el anteproyecto no surge de una comisión oficial convocada por el Poder Ejecutivo o Legislativo. La iniciativa es tomada por un grupo de profesores de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, liderados por Domingo García Belaúnde. El mismo anteproyecto se publica en octubre del 2003, para ser presentado ante el Congreso de la República el 15 de diciembre del mismo año como Proyecto de Ley 9371. Acción promovida por la entonces Comisión de Justicia y Derechos Humanos[1].

Emitidos los dictámenes de la Comisión de Constitución y reglamento, así como la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, se elevó a votación en el pleno el 6 de mayo del 2004. Finalmente, el proceso concluye con su publicación en el diario oficial El Peruano el 31 de mayo del del 2004 como la Ley 28237, entrando en vigor el 1 de diciembre del mismo año en trascurso. Considerando un entretiempo para permitir un período de vacatio legis, una figura que considera un tiempo determinado entre la publicación de una ley y su entrada en vigor, destinado a que los destinatarios se familiaricen con la nueva normativa[2].

3. Impacto inicial

La promulgación del Código Procesal Constitucional en el Perú en el año 2004 marcó un hito en la historia jurídica del país. Este código, diseñado para sistematizar y modernizar los procedimientos constitucionales, tuvo un impacto inmediato en varios aspectos clave del sistema judicial y la protección de los derechos fundamentales.

Además, el Código Procesal Constitucional fortaleció la tutela de los derechos fundamentales al establecer mecanismos más accesibles y efectivos para la protección de estos derechos. La introducción de figuras como el amparo, el habeas corpus y el habeas data, con procedimientos claramente definidos, permitió a los ciudadanos defender sus derechos de manera más efectiva frente a posibles vulneraciones por parte del Estado o de particulares[3].

Otro aspecto relevante fue la capacitación y especialización de los operadores jurídicos. La implementación del código requirió una actualización y formación continua de jueces, abogados y demás actores del sistema judicial, lo que contribuyó a una mayor profesionalización y especialización en materia constitucional. Esta formación no solo abarcó el conocimiento teórico del nuevo marco normativo, sino también el desarrollo de habilidades prácticas para su correcta aplicación. Se llevaron a cabo numerosos talleres, seminarios y cursos especializados, diseñados para abordar las particularidades del derecho procesal constitucional y las nuevas herramientas procesales introducidas por el código.

Este proceso de formación también promovió el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre los distintos actores del sistema judicial, fortaleciendo así la cohesión y la eficiencia del sistema en su conjunto. Además, esta capacitación continua fomentó una mayor profesionalización y especialización en materia constitucional. Los operadores jurídicos adquirieron una comprensión más profunda de los principios y valores constitucionales, así como de las técnicas procesales necesarias para garantizar una tutela efectiva de los derechos fundamentales.

Finalmente, el código fomentó una cultura de respeto y promoción de los derechos humanos, al establecer principios y directrices que orientaron la interpretación y aplicación de las normas constitucionales. Esto no solo fortaleció el Estado de derecho, sino que también promovió una mayor conciencia y valoración de los derechos fundamentales en la sociedad peruana[4].

4. Principales desafíos de la codificación inicial

Los principales desafíos de la codificación procesal constitucional, se resume en cumplir con la instrumentalidad de garantizar los derechos fundamentales. Asimismo, estos derechos constituyen la necesidad de exigir su defensa efectiva en la Constitución Política y el Tribunal Constitucional. La codificación procesal constitucional busca cubrir una falta de actualización a las nuevas realidades y necesidades jurídicas del país, lo que generaba presencia de ineficiencias en la protección y la compatibilidad con la norma fundamental. El acceso a la justicia desarrolló avances palmarios, sin embargo, persiste en el tiempo las barreras significativas ante el accedo a la justicia constitucional. Es por ello la presencia de herramientas para simplificar los procesos y garantizar que todos los ciudadanos, puedan acceder a la justicia de manera efectiva.

La implementación efectiva del Código Procesal Constitucional requiere de una formación continua y especializada de los operadores jurídicos, buscando la comprensión profunda de los principios constitucionales y la correcta aplicación de las normas procesales son de carácter fundamental para asegurar la protección viva de los derechos fundamentales. Además, es esencial fomentar el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre los operadores jurídicos para fortalecer la cohesión y la eficacia del sistema de justicia constitucional.

Es claro que el derecho constitucional es dinámico y debe adaptarse a los cambios sociales, es por ello por lo que el Código Procesal Constitucional busca ser flexible ante la incorporación de nuevos métodos que faciliten la resolución de conflictos y en consecuencia la protección de derechos. Cumple así su rol de herramienta base para la protección y consolidación del constitucionalismo peruano[5].

5. Nuevo Código Procesal Constitucional y perspectivas futuras

El Nuevo Código Procesal Constitucional, inicia su gestión con el Proyecto de Ley 7271. Promovida por la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República. El proyecto es impulsado por el entonces congresista y exmagistrado del Tribunal Constitucional del Perú, Carlos Mesía Ramírez. Su publicación en el diario oficial El Peruano se remonta al viernes 23 de julio de 2021 como la Ley 31307, entrando en vigor el día siguiente de su publicación conforme a lo dispuesto por su Quinta Disposición Complementaria Final[6].

Estos alcances hacen notar la presencia de distintos sectores de la doctrina y operadores del derecho, quienes señalan la inconsistencia respecto a la acepción de este nuevo orden normativo. Pues contraviene lo estipulado en el Manual de Técnica Legislativa y el manejo de porcentajes para considerar a un cuerpo normativo como nuevo, esto considerando los siguientes presupuestos establecidos en el manual:

(…) i) cuando la ley modificatoria afecta a más del 30 % de los artículos de la ley modificada. ii) Si la ley que va a ser modificada lo ha sido en más de tres ocasiones y la suma de estas afecta a más del 30 % por ciento de sus artículos[7].

Esta reflexión es importante, pues la contabilidad de los artículos modificados no supera lo requerido para que el Código Procesal Constitucional del 2004 haya sido derogado y en consecuencia asuma su naturaleza el “Nuevo” Código Procesal Constitucional del 2021. La estadística radica en que solo 32 artículos fueron modificados, lo cual llega al 25 % y no el 30% requerido para que el cuerpo normativo sea considerado como nuevo.

Una de las innovaciones más destacadas y comentadas del nuevo código es la figura del Amicus Curiae, la positivización del principio “pro homine”, modificaciones sobre el Precedente Vinculante y Control de Convencionalidad, entre otros. Sin embargo, también es imprescindible rescatar la innovación en cuanto a la expansión y la regulación minuciosa de los procesos constitucionales. Esto incluye el habeas corpus, amparo, habeas data, cumplimiento, inconstitucionalidad, acción popular y conflictos de competencia. Cada uno de estos procesos contienen un diseño robusto guiado a la protección ante distintos tipos de violaciones de derechos. Además, el nuevo código enfatiza principios procesales buscando garantizar que los procesos se desarrollen en condiciones más accesibles, rápidas y justas, reduciendo las barreras institucionales que los ciudadanos puedan enfrentar al buscar justicia.

El nuevo código también refuerza el rol del juez y del Tribunal Constitucional en la dirección y supervisión de los procesos. Esto refiere al papel con una condición activa del juez en la protección de los derechos fundamentales, de esto modo asegurando que los procesos no se vean obstaculizados por algunas formalidades innecesarias. Mirando hacia el futuro, el Nuevo Código Procesal Constitucional tiene el potencial de transformar significativamente el panorama jurídico en Perú. Asimismo, dar un enfoque necesario a la eficiencia procesal y velar por la protección de derechos humanos. Las reformas deberán adaptarse con una implementación efectiva y establecer una base sólida para futuras mejoras y adaptaciones. Con estos alcances el código corre con el potencial de fortalecer significativamente el sistema de justicia constitucional en Perú[8].

6. Conclusiones

La codificación procesal constitucional en el Perú, cumple veinte años de haberse formalizado como un cuerpo normativo. Esta orden ha tenido un impacto significativo en el fortalecimiento del constitucionalismo peruano, pues proporciona sistemáticamente la estructura clara y coherente para la protección de los derechos fundamentales y la resolución de conflictos constitucionales.

A lo largo de estos veinte años, se ha observado una mejora en el acceso a la justicia constitucional para los ciudadanos, permitiendo una mayor protección de sus derechos a través de mecanismos, sin embargo, la implementación de esta codificación ha enfrentado varios desafíos. Se ha identificado la necesidad de una mayor capacitación y recursos para los operadores de justicia, con el fin de garantizar una aplicación efectiva y uniforme de las normas procesales constitucionales.

Algunas situaciones que generan incertidumbre son la relativa eficiencia y celeridad de los procesos, la falta de uniformidad en la interpretación y aplicación de las normas. Estas situaciones promueven la necesidad de guiar un enfoque a consolidar la participación ciudadana en el proceso de reforma y en la vigilancia del cumplimiento de los derechos constitucionales. La participación de la ciudadanía no solo contribuirá a una mayor transparencia, sino que también asegurará que las reformas respondan a las necesidades y expectativas de la sociedad.


[1] García Belaunde, Domingo (2008). El Derecho Procesal Constitucional en Perspectiva. México D.F., México: Editorial Porrúa.

[2] Quiroga León, A. (2022). Análisis de la delimitación de la competencia en el Nuevo Código Procesal Constitucional. Lima, Perú: Corte Superior de Justicia de Lima.

[3] Congreso de la República. (2004). Código Procesal Constitucional. Ley N° 28237. Promulgado el 28 de mayo de 2004. Publicado el 31 de mayo de 2004. Lima, Perú: Congreso de la República.

[4] Quiroga León, A. (2017). Breve historia del derecho procesal constitucional en el Perú. Bolonia.

[5] Abad Yupanqui, S. B., Danós Ordóñez, J., & Eguiguren Praeli, F. J. y otros (2008). Código Procesal Constitucional. Estudio Introductorio, Exposición de Motivos, Dictámenes e Índice Analítico (3ra ed.). Lima, Perú: Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional del Perú.

[6] Congreso de la República del Perú. (2021). Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley N.º 31307). Lima, Perú: Congreso de la República.

[7] Congreso de la República del Perú. (2011). Manual de técnica legislativa (3ra ed.). Lima, Perú: Congreso de la República.

[8] Beaumont Callirgos, R. (2022). Comentarios al nuevo Código Procesal Constitucional: Antecedentes, Concordancias, Jurisprudencia, Índice Alfabético Analítico. Lima, Perú: Gaceta Jurídica.

Comentarios:
Estudiante del octavo ciclo de Derecho en la Universidad Privada San Juan Bautista. Fundador en Centro de Estudios de Filosofía del Derecho, Director Académico de la Asociación de Estudiantes del Perú, sede Ica. Miembro del Taller de Derecho Constitucional de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Fundador de la Sociedad Peruana de Derecho y Ciencias Políticas.