El sistema privado de pensiones otorga el beneficio de gastos de sepelio al momento de la muerte del afiliado. Esta prestación económica se realiza a través del pago o reembolso de una suma de dinero equivalente al tipo referencial de sepelio vigente al momento de la
ocurrencia del fallecimiento.
De acuerdo con la SBS, el monto límite de gastos de sepelio para el periodo abril-junio 2021 es de S/ 4554.41 soles.
1. ¿Quiénes tienen derecho a este beneficio?
Tienen derecho a este beneficio aquellos trabajadores que se encuentran en alguno de los siguientes casos:
a. Afiliados en condición de trabajadores activos.
b. Afiliados en condición de pensionistas por invalidez.
c. Afiliados en condición de pensionistas por jubilación.
2. ¿Cómo se financia este beneficio?
Se financia con el dinero de la cuenta personal, el valor del bono de reconocimiento (si lo hubiera) y el aporte adicional de la compañía de seguros en caso el afiliado cuenta con la cobertura de seguro.
3. ¿Cómo se inicia el trámite para obtener la prestación de gastos de sepelio?
Sea que se requiera directamente la cobertura del sepelio ante la agencia funeraria o el reembolso del pago de los respectivos gastos ante la AFP, los beneficiarios o quienes hubiesen realizado la coordinación y/o pago, deberán presentar el formulario denominado “Solicitud de gastos de sepelio” y el certificado médico de defunción ante la agencia funeraria o la AFP, según sea el caso.
Cuando se trate de un reembolso, se deberá presentar adicionalmente ante la AFP, las facturas y/o boletas originales que acrediten los gastos del sepelio del afiliado, así como el nombre, domicilio y documento de identidad de la persona que realizó el pago.
4. ¿Qué documentos debo presentar?
La solicitud de gastos de sepelio deberá ser presentada ante la AFP del afiliado fallecido, firmada por quien efectuó el gasto y cuyo nombre aparece en los comprobantes de pago.
Si es persona jurídica, la solicitud debe estar a nombre de esta y las copias deben ser firmadas y selladas por el representante legal de la empresa.
La solicitud deberá estar acompañada de la siguiente documentación:
– Copia simple del documento de identidad de la persona que efectuó el gasto o del representante legal de la empresa.
– Original de las facturas y/o boletas de venta, donde figuren los datos del solicitante: nombres, apellidos completos y número de documento de identidad.
– Original o copia legalizada por notario del certificado médico de defunción o del certificado de necropsia o de la resolución judicial de muerte presunta.
– Copia legalizada por notario o copia certificada del acta o partida de defunción.
– Copia legalizada por notario o copia fedateada por la autoridad competente del atestado policial, en caso de muerte por accidente.
5. ¿Qué reconoce esta prestación económica?
Esta prestación involucra los siguientes conceptos:
a. Por sepelio tradicional: carroza, cargadores, necropsia, derechos de salubridad (incluye el pago por certificado médico de defunción y certificado de defunción expedido por el municipio correspondiente), ataúd, tramitación e instalación, camionetas para aparatos florales, capilla ardiente, velatorio, tumba o nicho.
b. Por cremación: carroza, cargadores, necropsia, derechos de salubridad, alquiler de ataúd para la cremación, tramitación e instalación, camionetas para aparatos florales, capilla ardiente, velatorio, tumba o nicho, costo de cremación, urna.
En el programa “El ABC de las pensiones” analizamos este tema y explicamos paso a paso cómo solicitar el reembolso de los gastos de sepelio en la AFP.
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