El congresista Miguel Angel Vivanco Reyes, de la bancada de Fuerza Popular, presentó el Proyecto de Ley 6897/2020 – CR, por el cual se propone que el cargo de ministro del Interior sea ejercido por un teniente general o general de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro. Y que el cargo de ministro de Defensa sea asumido por un general de división o un general de brigada del Ejército en retiro, o un contralmirante o un vicealmirante de la Marina de Guerra del Perú o un mayor general o teniente general de la Fuera Aérea del Perú.
Esta iniciativa legislativa nace como consecuencia de la problemática actual que recae en la rotación de titulares de ambas carteras ministeriales. Puesto que, desde el año 2001 al 2020, es decir hace 19 años, hemos tenido 32 ministros del Interior, lo que demuestra el alto grado de rotación de ministros que se produce en este sector. Situación que no difiere en gran medida con lo sucedido en el Ministerio de Defensa, ya que, entre los años 2001 al 2020, es decir en 19 años, se han tenido 23 ministros de Defensa.
Así, se propone que la designación de un alto oficial de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas en retiro, como ministros del Interior y Defensa; respectivamente, a fin de dotar de mayor institucionalidad y aseguramiento de capacidad en el cargo.
FÓRMULA LEGAL
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA DESIGNACIÓN COMO MINISTROS DEL INTERIOR Y DEFENSA A LOS OFICIALES RETIRADOS DE ESTAS INSTITUCIONES
Artículo 1. Objeto
La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, con la finalidad que el Ministro de Estado que sea designado para asumir la dirección y gestión de un determinado ministerio, tenga los estudios especializados del sector o sectores que corresponden al organismo designado, que le van a permitir desarrollar un trabajo eficiente y adecuado en este sector, lo que va a redundar en el beneficio del país.
ARTÍCULO 2. Modificación del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo
Modificase el artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 25.- Ministros de Estado
El Ministro de Estado, con arreglo a la Constitución Política del Perú, es el responsable político de la conducción de un sector o sectores del Poder Ejecutivo.
En el Ministerio del Interior será designado como Ministro de este sector a un Teniente General o General de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro.
En el Ministerio de Defensa, será designado como Ministro de este sector a un General de División o un General de Brigada del Ejército en retiro, o un Contralmirante o un Vicealmirante de la Marina de Guerra del Perú o un Mayor General o Teniente General de la Fuera Aérea del Perú […].
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
Única. La Presidencia del Consejo de Ministros dictará las directivas y reglamentos necesarios para la aplicación de la presente ley.

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