El congresista Betto Barrionuevo Romero de Descentralización Democrática presentó un proyecto de ley que dispone la reducción de la remuneración y otras asignaciones a los congresistas.
La iniciativa 7116/2020-CR sugiere que los parlamentarios reciban una remuneración mensual equivalente a dos unidades remunerativas del sector público, equivalente a 2400 soles. Esta es una notoria reducción a los más de 15 mil soles que ganan en la actualidad.
En ese sentido, la propuesta busca también eliminar las asignaciones o bonos económicos ligados a los viajes de representación, préstamo de vehículo y viáticos para viajes internacionales. Asimismo, Barrionuevo busca reducir la cantidad de trabajadores por despacho congresal a solo dos.
En la exposición de motivos, el legislador afirma que su iniciativa tiene como finalidad desarrollar medidas de austeridad en el marco de la crisis sanitaria y económica.
Además, el congresista detalló que el presupuesto del congreso para el año 2021 alcanza los 694 millones de soles aproximadamente. De este monto, 496 millones se destinan al rubro «Personal y obligaciones sociales» y 84 millones se destinan a «Bienes y servicios».
LEY QUE DISPONE LA REDUCCIÓN DE LA REMUNERACIÓN Y OTRAS ASIGNACIONES A LOS CONGRESISTAS DE LA REPÚBLICA
Artículo 1. Objeto
La presente ley tiene por objeto reducir la remuneración de los Congresistas de la República y otras asignaciones dispuestas al desempeño de la función parlamentaria.
Artículo 2. Reducción de la Remuneración
Los Congresistas de la República reciben una remuneración mensual equivalente, por todo concepto, a dos (02) Unidades Remunerativas del Sector Público (URSP).
Artículo 3. Eliminación de asignaciones
Dispóngase la eliminación de las siguientes asignaciones:
1. Asignación por desempeño a la función congresal.
2. Asignación de recursos para el viaje de la semana de representación a la circunscripción de procedencia.
3. Asignación para el desarrollo de actividades y eventos.
4. Préstamo de vehículo.
5. Asignación de pasaje nacional, internacional y viáticos para viaje al extranjero.
Se exceptúa, el otorgamiento de la asignación dispuesta en el numeral 5) por viaje estrictamente justificada y aprobada por el Consejo Directivo.
Artículo 4. Reducción de la asignación de recursos humanos en los despachos congresales
Dispóngase la reducción de la asignación de recursos humanos, a dos (2) trabajadores por despacho congresal.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Derogatoria
Derógase las normas que se oponen a la presente ley
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