Una pregunta muy frecuente en las facultades de derecho sobre la materia de derechos reales es: ¿Qué es el derecho de propiedad?
Nos complace poner a disposición de nuestros lectores, una respuesta sólida sobre la materia por el Dr. Martín Mejorada.
Nos ocupamos ahora del derecho de propiedad es sin duda el más importante de los derechos reales pues esta aglutina a todos los poderes económicos que una persona puede ejercer respecto de un bien: usar disfrutar disponer y reivindicar dice la norma del código civil respecto a estos atributos o poderes que ejerce un propietario sobre el bien, sin embargo, ésta no es una lista cerrada en realidad es una manera de expresar que el propietario no puede todo.
En materia privada recordemos según la constitución toda persona puede hacer lo que no le esté prohibido, es decir a diferencia de lo que ocurre en la administración pública los particulares no necesitan una norma que autorice a realizar determinados actos requiriendo una norma que se los prohíba. Esto es importante en materia del derecho de propiedad porque entonces el propietario puede hacer respecto del bien todo lo que le parezca mientras no le esté prohibido, esto se expresa normalmente de los cuatro poderes señalados: usar (es decir, gozar del bien); disfrutar (obtener provecho del bien; reivindicar (es decir recuperar el bien cuando se ha despojado de el y ciertamente también defenderlo de cualquier agresión que pueda sufrir por parte de terceros) y por último disponer (es decir, transferir el derecho total o parcialmente a terceros) pero puede hacer mucho más, pueden por ejemplo decidir no hacer nada sobre el bien, incluso el acto negativo es una decisión del propietario que constituye por tanto parte de sus atributos. No nos quedemos en el listado histórico que es ilustrativo pero que ciertamente no agota las facultades del propietario.
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El alcance de derecho de propiedad en cuanto a las cosas que puede hacer sobre el bien ciertamente no es absoluto como se creía en el antiguo derecho romano y a lo largo del tiempo con la modernidad han ido creciendo y siguen creciendo las normas regulatorias que acotan y generan una serie de restricciones al ejercicio del dominio en materia municipal, ambiental, urbanística, de tránsito, saneamiento, etc., proliferan las normas que le dicen al propietario que hay ciertas cosas que no puede hacer o hasta dónde que puede hacer, la zonificación decía por ejemplo le limitará al dueño la posibilidad de construir cierto piso o de cierta manera, incluso este tipo de materiales puede utilizar, qué actividades puede desarrollar en un sector o no de la ciudad del territorio general. Estas son las limitaciones al derecho de propiedad que nos hablan de un derecho que ciertamente no es absoluto, que está sometido a restricciones y esto es lo más importante, estas restricciones no pueden ser arbitrarias y provenir de cualquier decisión de un burócrata o de una norma de ínfimo rango sino que como dicen la constitución sólo serán válidas estas limitaciones si provienen de la ley y amparadas en el bien común, esta es una cuestión que merece una breve explicación.
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