El congresista oficialista Gilbert Violeta anunció que se presentó un proyecto de ley multipartidario para modificar la Ley Orgánica del Ministerio Público, a efectos de que la Junta de Fiscales Supremos tenga la potestad para suspender al fiscal de la Nación.
De aprobarse esta medida parlamentaria, la actual Junta de Fiscales Supremos estaría habilitada para retirar a Pedro Chávarry como titular del Ministerio Público.
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Acabamos de presentar un proyecto de ley multipartidario para modificar la Ley Orgánica del Ministerio Público, a fin de ampliar la Junta de Fiscales Supremos y permitir que dicha Junta suspenda al Fiscal de la Nación. Necesitamos acciones inmediatas. pic.twitter.com/ilh0lMiYsV
— Gilbert Violeta (@gilbertvioleta) 7 de enero de 2019
Tal como se recuerda, esta misma Junta de Fiscales Supremos fue la que solicitó directamente a Pedro Chávarry que renuncie como fiscal de la Nación, tras la remoción y obligada reincorporación de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez como miembros del Equipo Especial Lava Jato.
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Entre una de las medidas que se podría tomar en esta reunión, podría estar un nuevo pedido de renuncia al titular del Ministerio Público. Según pudo conocer este medio, Tomás Gálvez, uno de los fiscales supremos, está en contra de la medida impuesta por el CAL, ya que, según él, en la Constitución pesa más la Ley de Carrera Fiscal.
Es decir, de acuerdo a la Carta Magna, el Colegio de Abogados de Lima no puede suspender a Pedro Chávarry, sino solo el CNM o el Congreso de la República.
El fiscal de la Nación, Pedro Chávarry es cuestionado desde el inicio de su gestión por haber mentido acerca de una reunión con periodistas, haber presuntamente modificado sus notas para ser ratificado, haber supuestamente plagiado su tesis, e incluso una acusación fiscal lo señala como miembro de ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’.
Otro de los hechos que lo ponen en cuestionamiento es su participación en los ‘Audios CNM’, donde conversa con el exjuez César Hinostroza Pariachi. Además del estrecho vínculo que tendría con Fuerza Popular en las investigaciones que se le siguen al partido por organización criminal y lavado de activos.
PROYECTO DE LEY
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY QUE MODIFICA LA LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO
ARTÍCULO 1.- Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto el fortalecimiento y reorganización institucional del
Ministerio Público y defender los valores institucionales democráticos del país.
ARTÍCULO 2.- Modificatoria
Modifíquese los artículos 37 y 62 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, Decreto Legislativo Nº 052, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
De la Organización
«Artículo 37.- El Fiscal de la Nación, los Fiscales Supremos y Supremos Adjuntos Titulares constituyen la Junta de Fiscales Supremos.
El Fiscal de la Nación es elegido por la Junta de Fiscales Supremos, entre sus miembros; por un período de tres (3) años, prorrogable, por reelección sólo por otros dos.»
«Artículo 62.- Los Fiscales Supremos se reúnen, bajo la presidencia riel Fiscal de la Nación y a su convocatoria. Excepcionalmente, se pueden reunir a solicitud de la mitad más uno (1) del número legal de sus miembros, definiendo la agenda para tal efecto».
Son atribuciones de la Junta de Fiscales Supremos:
1.- Solicitar la sanción disciplinaria de destitución de los Fiscales a la Junta Nacional de Justicia.
2.- Aprobar, a iniciativa del Titular del Pliego, el Presupuesto del Ministerio Público;
3.- Elegir, en votación secreta, al representante del Ministerio Público ante el Jurado Nacional de Elecciones y el Consejo Nacional de la Magistratura o quien haga sus veces, conforme a la Constitución.
4.-Aceptar la renuncia del Fiscal de la Nación.
5.- El quórum para que se lleven a cabo las sesiones de la Junta de Fiscales Supremos es de la mitad más uno (1) del número legal de sus miembros, adoptándose los acuerdos por mayoría simple.»
Descargue aquí el proyecto de ley

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![Decisiones de Sunafil no obligan al Poder Judicial a pronunciarse en el mismo sentido [Casación Laboral 4517-2023, Lambayeque]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Proceso hereditario y apertura de la sucesión (artículo 660 del Código Civil) [ACTUALIZADO 2025] apertura de la sucesión con logo LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/11/La-apertura-de-la-sucesion-100x70.jpg)



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