Para todos aquellos que se están preparando para rendir su examen Profa les dejamos aquí estas preguntas (y respuestas) sobre Constitución Política del Perú que tomó el extinto Consejo Nacional de la Magistratura.
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1. La Constitución Política del Perú de 1993 entró en vigencia:
a. El 5 de abril de 1995.
b. El 31 de diciembre de 1993.
c. El primero de enero de 1994.
d. El 30 de diciembre de 1993.
2. Según la vigente Constitución Política del Perú, es el fin supremo de la sociedad y del Estado:
a. La defensa de la sociedad y la persona humana.
b. La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad.
c. La defensa de la vida y el respeto de la Constitución.
d. La defensa de los derechos fundamentales de la persona humana.
3. ¿Cuáles son las partes en las que se divide la Constitución Política del Perú?
a. Preámbulo, títulos y capítulos.
b. Normas sociales, normas morales y normas jurídicas.
c. Dogmática y orgánica.
d. Orgánica y reforma.
4. La actual Constitución (1993) fue aprobada por:
a. El Congreso Constituyente Democrático.
b. La Asamblea Constituyente.
c. Referéndum.
d. El Congreso de la República.
5. La Constitución de 1993 tiene (…) preámbulo, (…) títulos, (…) capítulos, (…) artículos, (…) disposiciones finales y transitorias, (…) anexo o declaración.
a. 1, 5, 28, 13, 206, 1.
b. 1, 6, 26, 14, 209, 1.
c. 1, 6, 26, 206, 16, 1.
d. 1, 6, 26, 207, 10, 1.
6. Es el término con el que la Constitución se refiere a la consulta al pueblo mediante el voto sobre una medida legislativa o de otra naturaleza:
a. Consulta popular.
b. Plebiscito.
c. Tratado.
d. Referéndum.
7. El gobierno del Perú es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de:
a. Separación de poderes.
b. Unidad.
c. Legalidad.
d. Constitucionalidad.
8. Es el organismo de rango constitucional cuya función es garantizar la legalidad de la vida en la sociedad:
a. Jurado Nacional de Elecciones.
b. Consejo Nacional de la Magistratura.
c. Superintendencia de Banca y Seguros.
d. Ministerio Público.
9. Es el derecho que tiene la ciudadanía para destituir de sus cargos a alcaldes, regidores, autoridades regionales y magistrados (juez de paz) que provengan de elección popular:
a. Referéndum.
b. Elecciones.
c. Revocatoria.
d. Renovación.
10. La existencia de gobiernos locales y regionales permite indicar que el gobierno es:
a. Unitario.
b. Representativo.
c. Descentralizado.
d. Se basa en el principio de separación de poderes.
11. La Constitución Política protege, prioritariamente:
a. Todos los derechos sin excepción.
b. Los derechos humanos.
c. Los convenios internacionales.
d. Los tratados multilaterales.
12. La descentralización de los poderes del Estado es una aspiración nacional e histórica que permite:
a. Crear instituciones públicas en todo el país.
b. Transformar la estructura productiva.
c. Crear más universidades.
d. El desarrollo integral, equilibrado y sostenido del país.
13. Nuestra Constitución Política vigente define a la República del Perú como un Estado:
a. Neoliberal y socialista.
b. Socialista y democrático.
c. Democrático, cristiano y anárquico.
d. Democrático, social, independiente y soberano.
14. No es un elemento del Estado:
a. La soberanía.
b. El territorio.
c. Los tres poderes.
d. La población.
15. Según el art. 165 de la Constitución de nuestro país, la Fuerzas Armadas están constituidas por:
a. Policía Nacional, Ejército, Fuerza Aérea, Marina de Guerra.
b. Ejército, Fuerza Aérea, Marina de Guerra.
c. Ejército, Fuerza Aérea, Marina de Guerra y Cuerpo Bomberos.
d. Presidencia de la República, Marina de Guerra, Ejército y Fuerza Aérea.
BONUS
Atribuciones en el ejercicio de los derechos de propiedad de extranjeros en el Perú.
En setiembre del año 2005, se expide una ley por el Congreso de la República, que restringe el uso y disposición de las tierras que poseen los extranjeros dentro de los 100 y 300 kilómetros de las fronteras del sur del territorio nacional, bajo el argumento de seguridad nacional.
Es constitucionalmente válida dicha norma legal, sabiendo que la prohibición constitucional dispone que los extranjeros no puedan tener en propiedad ni posesión, territorios dentro de los 50 kilómetros de las fronteras.
a. Se debe interponer acción de inconstitucionalidad contra la mencionada ley, pues la prohibición establece solo hasta 50 kilómetros de la frontera.
b. Por mandato constitucional es facultad del Estado ampliar dicha prohibición por ley expresa, alegando seguridad nacional.
c. Ninguna norma legal puede establecer reglas diferentes a las que señala la Constitución y en este caso la prohibición legal va más allá del marco constitucional.
d. Una demanda de amparo contra dicha norma legal otorgaría a los extranjeros el pleno disfrute de sur derechos de propiedad y posesión.
VÍDEO
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				![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg 100w)



![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-100x70.png 100w)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-100x70.jpg 100w)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-100x70.png 100w)
![El control difuso es de naturaleza incidental, se lleva a cabo en casos particulares y su efecto consiste en la inaplicación de una ley al escenario concreto, siempre que el TC no haya confirmado su constitucionalidad [Exp. 03097-2024-PA/TC, ff. jj. 12-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/CONTROL-DIFUSO-NATURALEZA-INAPLICACION-LPDERECHO-100x70.jpg 100w)

![Emitir un auto de enjuiciamiento por colusión y lavado de activos, cuando en otro proceso ante el mismo juzgado especializado —por hechos similares y conexos— se atribuyó y aprobó un acuerdo de colaboración eficaz solo por colusión —excluyendo el lavado—, vulnera el derecho a la igualdad, máxime si la negativa a someterse a la colaboración eficaz no justifica mantener un juzgamiento por lavado de activos cuando ello no ocurrió con sus coprocesados [Exp. 02261-2014-PHC/TC, f. j. 19] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-100x70.jpg 100w)
![El levantamiento de los impedimentos permanentes e inhabilitaciones definitivas inscribibles en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles será por mandato judicial (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 01962-2021-PA/TC, ff. jj. 41, 48-50]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LEVANTAMIENTO-IMPEDIMENTOS-PERMANENTES-LPDERECHO-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LEVANTAMIENTO-IMPEDIMENTOS-PERMANENTES-LPDERECHO-100x70.jpg 100w)

![Directiva sobre notificaciones electrónicas en el Sistema Nacional de Control [Resolución de Contraloría 479-2025-CG]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/la-contraloria-LPDerecho-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/la-contraloria-LPDerecho-100x70.jpg 100w)
![Sunarp amplía presentación electrónica de partes consulares para actos vinculados al otorgamiento de poder [Resolución 00164-2025-Sunarp/SN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-LOGO-lp-derecho-100x70.jpg 100w)
![Reglamento de la Ley que habilita plazo excepcional para evaluar beneficios extraordinarios de trabajadores 276 [Decreto Supremo 230-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-100x70.jpg 100w)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg 100w)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-100x70.jpg 100w)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-100x70.png 100w)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-100x70.jpg 100w)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-100x70.jpg 100w)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-100x70.jpg 100w)
![[VÍDEO] PROFA- resolución de 15 preguntas sobre la Constitución Política del Perú-LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/VIDEO-PROFA-resolucion-de-15-preguntas-sobre-la-Constitucion-Politica-del-Peru-LPDerecho-1068x561.png 1068w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/VIDEO-PROFA-resolucion-de-15-preguntas-sobre-la-Constitucion-Politica-del-Peru-LPDerecho-300x158.png 300w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/VIDEO-PROFA-resolucion-de-15-preguntas-sobre-la-Constitucion-Politica-del-Peru-LPDerecho-1024x538.png 1024w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/VIDEO-PROFA-resolucion-de-15-preguntas-sobre-la-Constitucion-Politica-del-Peru-LPDerecho-768x403.png 768w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/VIDEO-PROFA-resolucion-de-15-preguntas-sobre-la-Constitucion-Politica-del-Peru-LPDerecho-696x365.png 696w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/VIDEO-PROFA-resolucion-de-15-preguntas-sobre-la-Constitucion-Politica-del-Peru-LPDerecho-800x420.png 800w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/VIDEO-PROFA-resolucion-de-15-preguntas-sobre-la-Constitucion-Politica-del-Peru-LPDerecho.png 1200w)

 
				![El procedimiento de acusación constitucional y la emisión de la resolución acusatoria de contenido penal es competencia del Congreso, por lo que un Juzgado de Investigación Preparatoria no puede interferir en el trámite, correspondiendo al investigado ejercitar su defensa en el procedimiento parlamentario [Exp. 00055-2025-1, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PROCEDIMIENTO-ACUSACION-CONSTITUCIONAL-EMISION-LPDERECHO-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PROCEDIMIENTO-ACUSACION-CONSTITUCIONAL-EMISION-LPDERECHO-100x70.jpg 100w)
![TC: «La cantidad de preguntas realizadas o el tiempo que se hubiera extendido el examen oral de cada postulante a notario no constituyen indicadores idóneos para determinar la transgresión al derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad» [Exp. 05013-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg 218w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg 100w)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg 100w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg 218w)
![Reglamento de la Ley que habilita plazo excepcional para evaluar beneficios extraordinarios de trabajadores 276 [Decreto Supremo 230-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-100x70.jpg 100w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dinero-dolar-sube-afp-billete-LPDerecho-218x150.jpg 218w)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg 100w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg 218w)
![Falsedad ideológica: La función notarial comprende la comprobación de hechos y la tramitación de asuntos no contenciosos, así como la adopción de las medidas necesarias en la verificación de legalidad de los documentos que se le presenten [Casación 584-2022, La Libertad, f. j. 31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-esposas-prision-penal-criminal-sentencia-defensa-LPDerecho-324x160.jpg 324w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-esposas-prision-penal-criminal-sentencia-defensa-LPDerecho-533x261.jpg 533w)
![El actuar de buena fe del notario no basta para descartar su responsabilidad penal por falsedad ideológica, porque legalmente, tiene la facultad de dar fe con el beneficio que sus afirmaciones son tenidas por auténticas, lo que presupone el cumplimiento de sus obligaciones y formalidades [Casación 584-2022, La Libertad, f. j. 32]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-100x70.jpg 100w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-escritura-publica-juez-jueza-justicia-sentencia-prueba-evidencia-LPDerecho-218x150.jpg 218w)


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![Falsedad ideológica: La función notarial comprende la comprobación de hechos y la tramitación de asuntos no contenciosos, así como la adopción de las medidas necesarias en la verificación de legalidad de los documentos que se le presenten [Casación 584-2022, La Libertad, f. j. 31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-esposas-prision-penal-criminal-sentencia-defensa-LPDerecho-100x70.jpg 100w, https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-esposas-prision-penal-criminal-sentencia-defensa-LPDerecho-218x150.jpg 218w)
 
                         
                         
                         
                        