3. Conclusión: La posibilidad de emplear lo dispuesto en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley para contratar directamente las prestaciones pendientes de ejecución, derivadas de un contrato resuelto o declarado nulo por alguna de las causales establecidas en los literales a) y b) del numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley, debe ser sometida a la evaluación de la propia Entidad contratante, considerando los fundamentos técnicos en atención al caso concreto, incluso si el contrato del cual derivan las prestaciones pendientes se encuentra siendo sometido a arbitraje. Adicionalmente, debe verificarse el cumplimiento de lo dispuesto en el literal k) del artículo 100 del Reglamento, que establece disposiciones aplicables para el referido procedimiento de selección no competitivo.
Jesús María, 05 de septiembre del 2025
OPINIÓN N° D000032-2025-OECE-DTN
Expediente N° 48777
Solicitante: Universidad Nacional del Callao
Asunto: Contratación de prestaciones pendientes de ejecución derivadas de contrato resuelto o nulo por las causales previstas en el literal a) y b) del numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley
Referencia: Formulario S/N de fecha 08.AGO.2025 – Consultas de Entidades Públicas sobre la Normativa de Contrataciones Públicas.
1. ANTECEDENTES
Mediante el documento de la referencia, el señor Alex Maylle Saravia, Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Universidad Nacional del Callao, formula consulta relacionada con el procedimiento de selección no competitivo previsto en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley.
Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Técnico Especializado son aquellas referidas al sentido o alcance de la normativa de contrataciones del Estado, planteadas en términos genéricos y vinculadas entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal g) del numeral 11.3 del artículo 11 de la Ley General de Contrataciones Públicas, aprobada a través de la Ley N° 32069, modificada por la Ley N° 32103 y Ley N° 32187; así como por lo establecido en el artículo 11 y los literales b) y c) del artículo 389 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF.
En ese sentido, la conclusión de la presente opinión no se encuentra vinculada necesariamente a situación particular alguna.
[Continúa…]




![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-218x150.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-218x150.jpg)
![Opinión vinculante: Plazo máximo de 5 años para las prórrogas o renovaciones de contratos CAS solo será aplicable a los contratos a plazo determinado regulados bajo la Ley 32563 [Res. 000076-2026-Servir-PE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Corresponde la nivelación de la remuneración de trabajador CAS con homólogo propuesto si ambos desempeñan el mismo cargo y cumplen las mismas funciones (salario equitativo e igual por trabajo de igual valor), pues la diferencia remunerativa injustificada no puede respaldarse en la normativa del presupuesto estatal (sentencia revocada por la Sala Civil de Utcubamba) [Expediente 00210-2024-0-0107-JR-LA-01, ff. jj. 30-31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-morado-LPDERECHO-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)














![El enfoque androcéntrico afecta a las mujeres gestantes privadas de libertad a recibir atención médica especializada, al no existir protocolos de parto adecuados, uso indebido de grilletes, deficiente vestimenta y nutrición, y restricciones al contacto con sus hijos y personas bajo su cuidado [OC-29/22, ff. jj. 126-127]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/Corte-IDH-LPDerecho-218x150.jpg)
![Si una donación quedó solo en minuta (y no llegó a formalizarse en la escritura pública) por la muerte sobrevenida del donante, no debe declararse la nulidad del acto jurídico [Exp. 00010-2024-AA/TC, f. j. 35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_que-pasa-cuando-la-donacion-quedo-solo-minuta-y-no-llego-a-formalizarse-en-escritura-publica-LP-218x150.jpg)



![¡Atención, sector público! Declaran día no laborable compensable [DS 075-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/feriado-no-laborable-fiesta-patrias-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada (Decreto Ley 21621) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER_ley-de-la-empresa-individual-218x150.jpg)
![Ley General de Sociedades (Ley 26887) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/BANNER-REGLAMENTO_ley-general-de-sociedades_derecho-societario-218x150.jpg)
![TUO de la Ley del Mercado de Valores (Decreto Supremo 020-2023-EF) (DL 861) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/TUO-de-la-Ley-del-Mercado-de-Valores-LPDerecho-218x150.png)











![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-324x160.jpg)
![Precedente sobre la prescripción adquisitiva que recae parcialmente en dos o más partidas [Resolución 289-2024-Sunarp/PT]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_precedente-sobre-la-prescripcion-adquisitiva-que-recae-parcialmente-en-dos-o-mas-partidas_LP-100x70.jpg)



![Ordenan cancelar hipoteca, pues al momento de su constitución el deudor ya había perdido la propiedad por prescripción adquisitiva [Exp. 00466-2017-0, f. j. 24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/05/Banner-post-juris-civil_Ordenan-cancelar-hipoteca-pues-al-momento-de-su-constitucion-el-deudor-ya-habia-perdido-la-propiedad-por-prescripcion-adquisitiva_LP-100x70.jpg)
![Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral [Res. 0851-2025-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/jurado-nacional-elecciones-JNE-LPDerecho-324x160.jpg)