A través de un comunicado, la Policía Nacional del Perú anunció que denunciará a la periodista Karla Ramírez del programa Panorama de Panamericana Televisión por el «ilícito penal de acoso» debido a que habría insistido en hacer llamadas a policías sin su consentimiento, lo que quedó evidenciado «al no aceptar la primera comunicación».
COMUNICADO N.° 020-2025
Con relación a los actos de acoso y posterior calumnia y difamación por parte de periodista del programa Panorama de Panamericana Televisión, contra el señor General de Policía Victor José Zanabria Angulo y Comandante PNP Danny Christian Sevilla Arias; informamos a la opinión pública lo siguiente:
1. El 26 de setiembre de 2025, la periodista Karla Ramírez del programa Panorama de Panamericana Televisión, insistentemente timbró y dejó mensajes hasta en cinco oportunidades (04:16 p.m., 04:17 p.m., 04:18 p.m., 04:37 p.m., 08:46 p.m. y 08:47 p.m.) al Comandante PNP Danny Christian Sevilla Arias, quien se desempeña como Oficial Ayudante del Comandante General PNP. Asimismo, a las 03:34 p.m. el S2 PNP (r) José Antonio Palacios Obregón (de evidente vinculación con la acotada periodista) también insistió en comunicarse con el indicado Oficial Ayudante.
2. El 27 de setiembre desde las 12:23 p.m. en adelante, la periodista Karla Ramírez, con la misma conducta reiterada y habitual, insistió con mensajes de WhatsApp dirigidos a los dos oficiales, en los que anunció que en el programa Panorama del día de hoy 28 de septiembre se iba a publicar información referida a que el Comandante PNP Danny Christian Sevilla Arias es la persona que el día 07 de setiembre realizó la llamada denunciada por parte del Mayor PNP Omar Fabián, a través de la cual lo amenaza para que no preste declaraciones. Dichas afirmaciones son de carácter alevosas, calumniosas y difamatorias, en razón de que no las acompaña con medio probatorio alguno.
3. La Policía Nacional del Perú rechaza categóricamente el acoso, calumnias y difamaciones de la indicada periodista contra los oficiales, por lo que denunciará el ilícito penal de acoso, que se configura con el solo hecho de insistir en hacer llamadas sin consentimiento de la persona afectada, lo que quedó evidenciado al no aceptar la primera comunicación. Del mismo modo, se conoce el modus operandi de este medio de comunicación y la periodista, que convierte cualquier información no verificada en una «noticia criminal» con representante del Ministerio Público a la medida, para luego solicitar medidas limitativas de derechos con solo dichos. Por ello, en previsión, se accionará legalmente.
4. La Policía Nacional del Perú ante esta afrenta y abuso, hace de conocimiento público tres evidencias fundamentales. Primero, el reporte de llamadas salientes y entrantes en el periodo comprendido entre el 20 de agosto y el 19 de setiembre de 2025 del equipo de telefonía móvil del Comandante PNP Danny Christian Sevilla Arias. Segundo, la captura de las llamadas del día cuestionado (07 de setiembre), en los cuales no se aprecia comunicación alguna entre el Comandante PNP Danny Christian Sevilla Arias y el Mayor PNP Osmar Fabian. Tercero, la pericia correspondiente a la voz atribuida al Comandante PNP Danny Christian Sevilla Arias, la que también acompañará a la denuncia penal a presentar.
La Policía Nacional del Perú actuará conforme a ley.
Lima, 28 de setiembre de 2025
![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Lea la sentencia completa que condenó a Pedro Castillo y otros por conspiración para rebelión [Expediente 39-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOC-PENAL1-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Existe una afectación al derecho a probar cuando en la disposición de no formalizar investigación preparatoria no valora la prueba ofrecida por las partes [Exp. 00534-2025-PA/TC, ff. jj. 13-16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![El sexo biológico no es inalterable: el sexo se define legalmente por la anatomía genital y no por los cromosomas [Exp. 03308-2022-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)






![Caso JNE: Resuelven en mayoría declarar improcedente participación de partido [Exp. 06374-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En mayoría y con voto en discordia, declaran Improcedente medida cautelar de Salvador Del Solar [Exp. 04935-2024-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Salvador-del-Solar-LP-Derecho-218x150.png)

![OECE: directiva para el registro de valorizaciones de obra en el SEACE [Resolución D000083-2025-OECE-PRE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)




![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)











![Oficializan inhabilitación por 10 años de Delia Espinoza [Resolución 008-2025-2026-CR]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/jgjng-218x150.png)

![¡Atención, sector público! Aprueban requisitos para la entrega del aguinaldo por Navidad [DS 283-2025-EF] Gratificación por Navidad: ¿cuánto recibiré si soy nuevo en la empresa?](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Gratificacion-navidad-aguinaldo-LPDerecho-100x70.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Caso Ollanta Humala: Primera Sala Constitucional de Lima declara que privación de la libertad del actor sin mandato escrito fue inconstitucional [Exp. 07545-2025-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ollanta-humala-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Autorizan reinicio automático de las actividades notariales con el solo registro en el Sicovid [Res. 05-2020-JUS-CN-P]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/06/Actividad-notarial-LP-324x160.png)