Planteo procesar también al que no presta la pensión de alimentos fijada en un acta de conciliación extrajudicial

Una reforma de cero costo, que reducirá la carga de los juzgados y atenderá con mayor celeridad las necesidades de los menores alimentistas.

Muchas madres de familia, víctimas del incumplimiento del pago de una pensión de alimentos fijados en un acta de conciliación extrajudicial, deben iniciar un proceso de ejecución antes que pueda procesarse por el delito de omisión a la asistencia familiar al deudor alimentario. Esto desnaturaliza la urgencia del pago de la pensión, incrementa la carga de los juzgados civiles (o de paz letrado) innecesariamente y solo favorece al deudor.

Lea también: El proceso inmediato en el delito de omisión a la asistencia familiar

Lea también: Jurisprudencia: Juez ordena que mujer pase pensión de alimentos a sus hijos

Por ello, desde esta plataforma virtual, sugiero a algún congresista o a alguna institución con iniciativa legislativa, que plantee la reforma del delito de omisión a la asistencia familiar, para que se procese no solo al que incumpla con prestar las pensiones fijadas en la resolución judicial, sino también las establecidas en un Acta de Conciliación Extrajudicial. La fórmula legal que propongo es la siguiente:

Lea también: El prorrateo de alimentos cuando el excónyuge mejora su situación económica

Lea también: Acuerdo Plenario de la CSJ Áncash: ¿Debe prescindirse de la audiencia única en los procesos de alimentos?

Omisión de prestación de alimentos

Artículo 149.- El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial o un Acta de Conciliación Extrajudicial suscrita por las partes en un centro autorizado por el Ministerio de Justicia, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuenta y dos jornadas, sin perjuicio de cumplir el mandato judicial (…).


Lea más sobre alimentos aquí:

Comentarios:
Becado por la Escuela de Postgrado de la Universidad Nacional del Rosario (Argentina) para cursar la Maestría en Derecho Procesal bajo la tutela del conocido jurista Adolfo Alvarado Velloso. Exbecario del V Programa «Semillero de Justicia» de la Academia de la Magistratura. Fue alumno Excelencia de la Escuela de Derecho de la Universidad Nacional Jorge Basadre. Segundo puesto en el Concurso Nacional de Artículos de Investigación Jurídica 2015 organizado por Ius 360° de la PUCP.