El congresista Esdras Medina Minaya, de la bancada de Renovación Popular, presentó un proyecto de ley para autorizar el uso de las instalaciones de las Fuerzas Armadas como establecimientos penitenciarios.
La iniciativa legislativa plantea emplear de forma temporal los cuarteles militares para disminuir el hacinamiento en las prisiones. Para ello, se proponen dos criterios para la selección de los internos que serían trasladados a estos centros:
Internos con medidas de coerción personal por delitos donde en el extremo mínimo sea superior a los 15 años de pena privativa de libertad y presenten un alto riesgo para la seguridad pública.
Internos sentenciados por delitos donde en el extremo mínimo sea superior a los 15 años de pena privativa de libertad y representen un alto riesgo para la seguridad pública.
Según Medina Minaya, esta propuesta serviría no solo para descongestionar las cárceles peruanas, sino también para «proporcionar un entorno más seguro y controlado para el cumplimiento de las penas».
De acuerdo a las cifras de la Unidad Estadística del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), hasta agosto del presente año, las prisiones presentaban una sobrepoblación de 136% sobre su capacidad real. Con una capacidad para 41 556 reos, los 69 establecimientos penitenciarios con los que cuenta el Estado peruano albergan 98 255 internos.
Sin embargo, del total de centros penitenciarios, 50 son los que cuentan con niveles críticos de hacinamiento. Casos como el penal de Jaén, diseñado para 50 reclusos y que alberga a 300; o el penal de Abancay, creado para 90 reclusos y que cuenta con 516 internos; o el de Quillabamba, diseñado para 80 reos y con 458 presos, representan algunos ejemplos donde el hacinamiento llega al 300%, 400% o hasta el 500%.
Además, los tipos de delitos más predominantes en las prisiones son los relacionados con el patrimonio, como el robo, la extorsión y el hurto (35 961 reclusos). A su vez, el segundo tipo de delitos con más casos son los asociados con la libertad sexual (24 564 reclusos), mientras que los otros más numerosos son los delitos contra la seguridad pública (21 616 reclusos) y contra la vida, el cuerpo y la salud (9432 reclusos).
FÓRMULA LEGAL
PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE LOS CUARTELES DE LAS FUERZAS ARMADAS COMO ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
Artículo 1. -Objeto de la Ley.
La presente ley tiene por objeto la utilización temporal de instalaciones de los cuarteles de las Fuerzas Armadas como establecimientos penitenciarios con la finalidad de luchar contra la criminalidad y disminuir el hacinamiento en los centros penitenciarios de nuestro país.
Artículo 2: Criterios de Selección de Internos
1. Las personas que serán trasladadas a estos centros penitenciarios deberán ser seleccionadas bajo los siguientes criterios:
o Internos con medidas de coerción personal por delitos donde en el extremo mínimo sea superior a los 15 años de pena privativa de libertad y representen un alto riesgo para la seguridad pública.
o Internos sentenciados por delitos donde en el extremo mínimo sea superior a los 15 años de pena privativa de libertad y representen un alto riesgo para la seguridad pública.
Artículo 3: Informe y Evaluación
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos deberá presentar un informe semestral al Congreso de la República sobre la situación del hacinamiento en el sistema penitenciario y los resultados de la implementación de esta ley, incluyendo recomendaciones para su mejora y posibles ajustes en el uso de las instalaciones.
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