El Congresista Bernardo Quito Sarmiento, de la bancada Socialista, presentó un proyecto de ley para derogar la ley contra el crimen organizado.
Para ello, se busca eliminar la Ley 32108, Ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635; la Ley 30077, Ley contra el Crimen Organizado; la Ley 27379, Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares.
La iniciativa pretende realizar modificaciones con el objetivo de determinar las características concurrentes para la tipicidad de una organización criminal.
En ese sentido, se argumenta que la reciente promulgada Ley 32108 tiene una definición reformulada, innovando nuevos elementos de configuración del delito sin los cuales sus integrantes pueden ser investigados, procesados ni sancionados por dicho delito.
No obstante, se indica que la versión vigente del delito significa un retroceso en la lucha contra el crimen organizado, puesto que el nuevo estándar de previsión de pena privativa de libertad, excluye delitos de grave repercusión social.
Lea más | CAL: Ley 32108 debilita la lucha contra la criminalidad organizada
Finalmente, el congresista alega que los recientes cambios establecidos han debilitado la persecución del crimen organizado.
Proyecto de Ley N°9016/2024-CR
PROYECTO DE LEY QUE DEROGA LA LEY N° 32108, LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, DECRETO LEGISLATIVO 635; LA LEY 30077, LEY CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO; Y LA LEY 27379, LEY DE PROCEDIMIENTO PARA ADOPTAR MEDIDAS EXCEPCIONALES DE LIMITACIÓN DE DERECHOS EN INVESTIGACIONES PRELIMINARES, A FIN DE DETERMINAR LAS CARACTERÍSTICAS CONCURRENTES PARA LA TIPICIDAD DE UNA ORGANIZACIÓN CRIMINAL
El Congresista de la República BERNARDO JAIME QUITO SARMIENTO, integrante del Grupo Parlamentario Bancada Socialista, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y, conforme a los artículos 67, 74, 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, propone el siguiente proyecto de Ley:
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE DEROGA LA LEY N° 32108, LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL,
DECRETO LEGISLATIVO 635; LA LEY 30077, LEY CONTRA EL CRIMEN
ORGANIZADO; Y LA LEY 27379, LEY DE PROCEDIMIENTO PARA ADOPTAR
MEDIDAS EXCEPCIONALES DE LIMITACIÓN DE DERECHOS EN INVESTIGACIONES
PRELIMINARES, A FIN DE DETERMINAR LAS CARACTERÍSTICAS CONCURRENTES
PARA LA TIPICIDAD DE UNA ORGANIZACIÓN CRIMINAL
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto derogar la Ley N° 332108, Ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635; la Ley 30077, Ley contra el Crimen Organizado; y la Ley 27379, Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, a fin de determinar las características concurrentes para la tipicidad de una organización criminal.
Artículo 2. Derogatoria
Se deroga la Ley N° 32108, Ley que modifica el Código Penal, Decreto Legislativo 635; la Ley 30077, Ley contra el Crimen Organizado; y la Ley 27379, Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares, a fin de determinar las características concurrentes para la tipicidad de una organización criminal.
Artículo 3. Restitución de vigencia de normas contra el crimen organizado
Se restituye la vigencia del artículo 317 del Código Penal, Decreto Legislativo 635; los artículos 2 y 4 de la Ley 30077, Ley Contra el Crimen Organizado; y el artículo 2 de la Ley 27379, Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares; conforme con la redacción anterior a las modificaciones efectuadas por la Ley N° 32108.
Lima, setiembre de 2024.
[Continúa…]
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