PJ realizará una jornada judicial extraordinaria de 24 horas el 9 de agosto [RA 000257-2024-CE-PJ]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 3 de agosto de 2024

A través de la Resolución Administrativa 000257-2024-CE-PJ, el Poder Judicial realizará una jornada judicial extraordinaria de 24 horas el 9 de agosto.


Autorizan la realización de la “Jornada Judicial Extraordinaria” en el Poder Judicial, y dictan otras disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000257-2024-CE-PJ

Lima, 2 de agosto del 2024

VISTO:

El Oficio N.º 001412-2024-D-CIJ-CE-PJ, cursado por el Director del Centro de Investigaciones Judiciales; así como la Resolución Administrativa N.º 000433-2021-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N.º 000433-2021-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se institucionalizó la “Jornada Judicial Extraordinaria” en el Poder Judicial, la cual se desarrollará el segundo viernes del mes de agosto de cada año, con una duración de 24 horas y con carácter voluntario; aplicándose en la Corte Suprema de Justicia de la República y en los Distritos Judiciales del país. Asimismo, el artículo segundo de la citada resolución establece que la Gerencia General del Poder Judicial y las Cortes Superiores de Justicia del país, en cuanto a sus competencias, realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la Jornada Judicial Extraordinaria.

Segundo. Que, dicha actividad tiene por objetivo desarrollar actividades jurisdiccionales y administrativas en días u horarios inhábiles, lo cual constituye una buena práctica orientada al fortalecimiento de la política institucional del Poder Judicial. Del mismo modo, el desarrollo de esta actividad trae consigo beneficios para los justiciables y es una demostración tangible de la mejora en la prestación del servicio de justicia con calidad y oportunidad. Asimismo, dicha actividad evidencia el loable esfuerzo realizado por los jueces, juezas, personal jurisdiccional y personal administrativa de la institución a nivel nacional.

Tercero. Que, en ese contexto, el Director del Centro de Investigaciones Judiciales mediante Oficio N.º 001412-2024-D-CIJ-CE-PJ, en el marco de sus funciones, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del desarrollo de la Jornada Judicial Extraordinaria 2024 para el 9 de agosto de 2024; así como propone los lineamientos para su desarrollo.

Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que, teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente autorizar la realización de la “Jornada Judicial Extraordinaria” en el Poder Judicial, de carácter voluntario, para el viernes 9 de agosto de 2024, con una duración de 24 horas.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1044-2024 de la vigésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 31 de julio de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la realización de la “Jornada Judicial Extraordinaria” en el Poder Judicial, de carácter voluntario, para el viernes 9 de agosto de 2024, con una duración de 24 horas.

Artículo Segundo.- Aprobar los siguientes lineamientos para el desarrollo de la Jornada Judicial Extraordinaria 2024:

2.1 La Jornada Judicial considerará el siguiente listado de actos procesales y su respectivo cálculo:

a. Sentencias: Total de sentencias de primera instancia y sentencias de vista descargadas en el Sistema Integrado Judicial el 9 de agosto de 2024.

b. Autos: Total de autos descargados en el Sistema Integrado Judicial el 9 de agosto de 2024, siendo estos los siguientes:

– De vista

– De archivamiento definitivo

– Admisorio

– Final

– De archivamiento provisional

– Inadmisibilidad

– Improcedencia

– De rechazo

– De consentimiento de la sentencia o auto final

– Concesorio de apelación

– De citación a juicio

– De citación a audiencia

– De saneamiento

– Que inicia ejecución

– De no ha lugar

– Que concluye ejecución

– Que dicta medida de protección

– Otros.

c. Vistas de Causa: Cantidad de vistas de la causa descargadas en el Sistema Integrado Judicial el 9 de agosto de 2024.

d. Decretos: Cantidad de decretos descargados en el Sistema Integrado Judicial el 9 de agosto de 2024.

e. Ingreso de Expedientes: Cantidad de procesos ingresados en el Sistema Integrado Judicial (demandas o denuncias, principales, exhortos, incidentes), siendo su motivo de ingreso: nuevo, redistribución, elevación o devolución el 9 de agosto de 2024.

f. Notificaciones: Cantidad de notificaciones realizadas el 9 de agosto de 2024 vía notificación electrónica, central de notificaciones, habilitaciones y otras.

g. Audiencias: Cantidad de audiencias efectivamente realizadas (no programadas) el 9 de agosto de 2024; distinguiéndose entre las que contaban con transcripción y sin transcripción del acta de audiencia.

2.2 Para el desarrollo de la Jornada Judicial Excepcional 2024, en las Cortes Superiores de Justicia, y para los casos que corresponda, se deberá asociar el Hito Estadístico al Acto Procesal en el Sistema Integrado Judicial; bajo responsabilidad del usuario.

2.3 El Sistema Integrado Judicial será la única y exclusiva fuente oficial para la recolección de la información antes señalada, y en la que los órganos jurisdiccionales participantes registrarán los actos procesales citados en el numeral 2.1.

2.4 Cada órgano jurisdiccional, a través de su personal informático y/o personal designado, deberá supervisar el registro de los Actos Procesales y su respectivo Hito Estadístico en el Sistema Integrado Judicial, para los casos que corresponda.

2.5 El presidente de cada Corte Superior de Justicia participante en la Jornada Judicial Extraordinaria 2024 designará a un coordinador o representante, a efectos de comunicarse con el Centro de Investigaciones Judiciales en caso se presente algún inconveniente en el registro de la información.

2.6 La Subgerencia de Estadística de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial tendrá a su cargo la recolección y el procesamiento de la información registrada en el Sistema Integrado Judicial; asimismo, presentará un tablero de control (dashboard) para el seguimiento de los avances alcanzados por los órganos jurisdiccionales, en coordinación con el Centro de Investigaciones Judiciales.

2.7 El Centro de Investigaciones Judiciales en conjunto con la Subgerencia de Estadística de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, emitirán reportes oficiales a la Presidencia del Poder Judicial sobre el avance de la Jornada Judicial Extraordinaria 2024, con cortes de uno hora hasta las 20:00 horas y, luego, con cortes de treinta minutos hasta las 24:00 horas.

2.8 La Gerencia General del Poder Judicial brindará el apoyo logístico necesario, para la ejecución de la Jornada Judicial Extraordinaria 2024.

2.9 La Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial brindará el apoyo informático necesario, para la ejecución de la Jornada Judicial Extraordinaria 2024.

2.10 La Gerencia de Imagen y Comunicaciones de la Gerencia General del Poder Judicial brindará cobertura informativa durante todo el desarrollo de la Jornada Judicial Extraordinaria 2024.

Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la presidencia del Poder Judicial, Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Subgerencia de Estadística, Gerencia de Informática, Centro de Investigaciones Judiciales, Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República, Gerencia de Imagen y Comunicaciones; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente

Descargue la resolución aquí

Comentarios: