La presidenta Dina Boluarte fue denunciada, el 20 de agosto de 2024, por segunda vez ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) por las muertes ocurridas durante las protestas de diciembre del 2022 y enero del 2023.
Sin embargo, el grupo impulsor de esta denuncia, informó este último jueves 28 de la ampliación de la denuncia. «Se basa en la necesidad de completar información concreta sobre lo ocurrido en los últimos años en relación a tales hechos y la situación de las víctimas», precisó el comunicado.
Al respecto, se señala que desde agosto del año pasado han surgido «nuevos elementos» con relación a la conducta de las autoridades responsables, nadie ha purgado condena por los «abominables ilícitos» y nadie ha sido denunciado ante el Poder Judicial.
Además, los firmantes informaron que promoverán la creación de una Comisión de la Verdad, con el fin de precisar la magnitud de los hechos y contribuir con la identificación de los responsables.
La denuncia fue presentada, entre otros, por la exministra Marisol Pérez Tello (Justicia), el exdefensor del Pueblo Walter Albán, la expremier Mirtha Vásquez, la excongresista Indira Huilca (Nuevo Perú), el exprocurador Antonio Maldonado, el exembajador Harold Forsyth y el abogado Carlos Rivera Paz, presidente del Instituto de Defensa Legal (IDL).
A fines de junio de 2024, la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh) y la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH) elevaron una denuncia similar contra la mandataria.
Inscríbete aquí Más información
AMPLIAMOS DENUNCIA CONTRA DINA BOLUARTE ANTE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
Quienes suscribimos la presente Declaración hacemos de conocimiento público que, en la fecha, hemos formalizado ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional una ampliación de la denuncia que presentamos ante esa misma instancia el 20 de agosto de 2024.
La precitada denuncia, como informamos oportunamente, alcanza a las más altas autoridades del gobierno peruano, comenzando por la presidenta Dina Ercilia Boluarte Zegarra, implicadas en los hechos que condujeron a la muerte de 49 peruanos y de, al menos, 344 heridos, ocurridos entre enero de 2022 y febrero de 2023. Así, la ampliación a que hacemos referencia se basa en la necesidad de completar información concreta sobre lo ocurrido en los últimos meses en relación con tales hechos y la situación de las víctimas, de acuerdo con los requerimientos jurídicos de la CPI.
En efecto, desde agosto de 2024 a la fecha, han surgido una serie de elementos nuevos relacionados con la conducta de las autoridades del Perú mientras se confirma, ante propios y extraños, que nadie purga condena por los abominables ilícitos penales que referimos, nadie ha sido llevado a juicio y nadie ha sido acusado ante el Poder Judicial. Esto nos obliga a actualizar la denuncia con estricto apego al derecho internacional de los derechos humanos.
Asimismo, con el apoyo de organizaciones internacionales, tenemos previsto promover la creación de una Comisión de la Verdad, que determine con precisión la magnitud de los hechos y contribuya con la plena identificación de todos los responsables.
En nuestra anterior declaración, citamos al gran historiador tacneño Jorge Basadre. Esta vez asumimos una frase de otro gran peruano, Manuel González Prada: «el patriotismo no es amor a la tierra sino a la justicia».
Lima, 27 de febrero de 2025.
- Walter Albán Peralta
- Marisol Pérez Tello
- Mesías Guevara Amasifuén
- Antonio Maldonado
- Francisco Eguiguren Praeli
- Ricardo Giesecke Sara La-Fosse
- Harold Forsyth
- Indira Huilca Flores
- Mirtha Vásquez Chiquilín
- Cecilia Israel La Rosa
- Oswaldo de Rivero Barreto
- Pepi Patrón Costa
- Carlos Rivera Paz
- Eduardo González Viaña
- Sonaly Tuesta
- Marisa Glave Remy
- Patricia Paniagua Gutiérrez
- Oscar Vidarte Arévalo
Premier se pronuncia
El origen de la acusación es el reclamo por los 49 ciudadanos que murieron en las protestas de diciembre de 2022 e inicios de 2023, tras el quiebre constitucional del entonces dignatario Pedro Castillo.
En ese sentido, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, se pronunció sobre la primera denuncia ante la Fiscalía de la CPI, el miércoles 26 de junio de 2024, y aseguró que se enviaría una comisión especializada a La Haya para defender a la jefa de Estado, a quien se le señala como presunta autora de crímenes de lesa humanidad.
En esa línea, Adrianzén indicó que confía en la comisión de alto nivel que destinará el Estado peruano:
Estamos haciendo las primeras coordinaciones para que, en breve, una comisión de alto nivel concurra a La Haya con el propósito de entrevistarse con las autoridades competentes de este alto tribunal y presentar preliminarmente la posición del Estado peruano respecto a estos hechos. Confiamos en que esta información sea suficiente para que esta denuncia sea rechazada de plano y no se admita.
No obstante, Dania Coz, abogada especialista en Derechos Humanos, hizo una precisión al respecto vía X:
La CPI no recibe «denuncias». Los casos se inician a solicitud de otro Estado, la misma ONU o de oficio por el Fiscal. Lo que se hace es poner en conocimiento del fiscal de una «situación», quien decide si inicia o no investigación, no estando obligado a ello.
La argumentación de la cabeza de PCM también incluyó lo siguiente:
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, del cual el Perú es parte, tiene jurisdicción sobre los crímenes de genocidio, lesa humanidad, guerra y agresión. Esta denuncia sostiene que la presidenta habría cometido crímenes de lesa humanidad, una acusación que examina hechos como asesinato, exterminio, encarcelamiento, tortura, violación sexual y otros graves delitos.
La sola condición de ataque generalizado y sistemático no se ha presentado y, en consecuencia, en mi opinión, descarta de plano la posibilidad de que esta denuncia pueda ser acogida por la CPI.
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-218x150.jpg)



![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Precedente Servir sobre la notificación de los actos emitidos en el PAD en el marco de la Ley 30057 [Resolución de Sala Plena 002-2025-Servir/TSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Declaran fundado pedido de cambio en la forma de prestar alimentos de los hijos a favor de su madre [Expediente 00151-2025-0-1721-JP-FC-01]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/ADULTO-MAYOR-CONFLICTOS-HIJOS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![¿Servidores que estén próximos a jubilarse pueden solicitar teletrabajo? [Informe Técnico 002521-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/trabajadores-pareja-servidores-trabajo-LPDerecho-218x150.jpg)





![Política general de gobierno 2025-2026: Transición democrática y reconciliación nacional [Decreto Supremo 141-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/norma-legal-palacio-gobierno-promulga-ley-LPDerecho-218x150.png)
![Prorrogan estado de emergencia en Lima y Callao [Decreto Supremo 140-2025-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional [RA 151-2025-P/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)













![Declaran ilegal control de identidad y registro vehicular y mandan copias a Inspectoría de la Policía [Exp. 5844-2019-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-100x70.png)
![Trabajador 276 pierde nombramiento por apelar un informe no impugnable y no el resultado final [Res. 005142-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-100x70.jpg)



![TC ordena al Reniec consignar, como apellido materno de una niña, el de la mujer que obtuvo el óvulo de una donante anónima y lo hizo implantar en el útero de otra mujer que dio a luz [Expediente 01367-2019-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/07/tc-y-embarazada-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Cuando un fiscal adjunto superior actúa en nombre y representación de un despacho fiscal superior, como parte de su equipo, asume la investidura de este [Apelación 10-2025, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-JUEZ-LPDERECHO-100x70.jpg)




