La representación peruana se manifestó en contra de la pena de muerte en la última asamblea de la Organización de Naciones Unidas (ONU). La votación, que tuvo lugar el lunes 17 de diciembre, abordó una petición de la entidad para establecer una moratoria de las ejecuciones en el mundo.
El representante permanente del Perú ante la ONU, institución con sede en Nueva York, es el embajador en situación de retiro Enrique Román Morey. El alto funcionario ha ejercido «la vicepresidencia de la Asamblea general y la Presidencia interina de la misma».
Del total de Estados miembros, 130 manifestaron su voto a favor de esta resolución. Entre ellos, Antigua y Barbuda, Gabón, Kenia, Marruecos y Zambia viraron sus posiciones iniciales ―cuando la resolución fue votada en 2022― y se sumaron a la moratoria.
Por otro lado, 32 países votaron en contra y 22 se abstuvieron. De estos, Guinea, Uganda, Mauritania y Papúa Nueva Guinea cambiaron su posición hacia el rechazo a esta petición.
Gobierno evaluará pena de muerte en comisión
La decisión adoptada por la representación del Perú ante la ONU se contrapone con las últimas medidas y pronunciamientos emitidos por el Gobierno de turno.
El último domingo 15, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó que creará una comisión dedicada a evaluar la aplicación de la pena de muerte por el delito de violación de menores de edad. El comunicado institucional señaló:
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ha dispuesto, a iniciativa del titular del sector, Eduardo Arana, la creación de la Comisión Sectorial encargada de realizar debates públicos a fin de evaluar las propuestas dirigidas a ampliar la aplicación de la pena de muerte al delito de violación sexual de menores de edad.
El último 10 de diciembre, la presidenta Dina Boluarte propuso aperturar el debate sobre la aplicación de la pena de muerte para aquellos que cometen delitos sexuales contra menores, ello tras el brutal asesinato de una niña de 12 años en Villa María del Triunfo.
Durante una actividad oficial en Surco, Boluarte calificó el crimen como «infame y doloroso» y añadió lo siguiente:
Ante hechos de esta magnitud, que deberían ser inconcebibles dentro de una sociedad, planteemos medidas drásticas, es momento de abrir el debate sobre la pena de muerte para violadores de menores. No podemos permitir que, en las calles, caminen libres tipos como estos.

![La exigencia de ley previa se sitúa a caballo entre la garantía material y formal: protege tanto la seguridad como la libertad del ciudadano frente a una aplicación sorpresiva del «ius puniendi» —y, así mismo innecesaria desde el prisma de la finalidad de prevención general de la pena—, e impide que las normas sancionadoras, que por no existir no podían ser conocidas y tomadas en consideración por el ciudadano, se apliquen a conductas que cuando se realizaron no estaban prohibidas por una ley, o, aún prohibidas, estaban menos castigadas [Sentencia 54/2023, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/BANNER-GENERICO-Tribunal-Constitucional-de-Espana-LPDerecho-218x150.jpg)
![El principio de legalidad tiene su origen en la necesidad de garantizar la seguridad jurídica y la libertad de los ciudadanos frente al ejercicio arbitrario del ius puniendi por parte del Estado [Sentencia 54/2023, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-rojo-LPDERECHO-218x150.png)
![Las normas de «ius cogens» pueden prevalecer sobre el principio de legalidad: el art. 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos alude claramente a la posibilidad de procesar y condenar penalmente por la comisión de un acto, a pesar de no encontrarse previamente prohibido y penado por el Derecho escrito, siempre que tal acto resulte delictivo «según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional» [Exp. 00024-2010-PI/TC, ff. jj. 53-55] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Contrato de suplencia no se desnaturaliza por realizar funciones distintas a las del trabajador reemplazado [Casación Laboral 33744-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Omisión de denuncia: La agravante solo se configura si el delito que no se denuncia supera los cinco años en su extremo mínimo [Casación 3125-2025, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El principio de legalidad determina no solo la necesidad de que la conducta típica y el «quantum» de la pena estén previstos en la ley, sino también el régimen penitenciario (ingresó a la cárcel como condenado con un régimen que le permitía acogerse al beneficio de liberación condicional) [Exp. 03422-2023-PHC-TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

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