El Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional, que dirige el magistrado Ernesto Blume Fortini, ha publicado el libro titulado El proceso de cumplimiento en la actualidad. Posibilidades y límites, obra colectiva que reúne los trabajos de diversos especialistas que han estudiado este proceso constitucional desde varias aristas.
A continuación les alcanzamos la «Presentación» del libro, sin perjuicio de adjuntar, al final, el link de descarga.
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Presentación
En el marco del esquema procesal constitucional peruano son siete los instrumentos de defensa constitucional. Los procesos de tutela de derechos (conocidos también como procesos constitucionales de la libertad) y los procesos constitucionales orgánicos. Mientras que los primeros (entre los que se encuentra el habeas corpus, el amparo, el habeas data y el proceso de cumplimiento) apuntan a la protección o defensa de los derechos fundamentales, los segundos en cambio (entre los que están el proceso de inconstitucionalidad, la acción popular y el proceso competencial) buscan tutelar objetivamente el principio de supremacía constitucional. A ello incluso bien podría sumarse desde una perspectiva residual, la protección internacional configurándose lo que algunos también denominan como la jurisdicción supranacional de la libertad.
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No todos los procesos de tutela, naturalmente, cumplen los mismos propósitos. Si bien todos se encaminan a la represión de las conductas inconstitucionales, algunos como el habeas corpus, el amparo y el habeas data lo hacen frente a actos, omisiones y amenazas, mientras que otros, como el proceso de cumplimiento, solo proceden específicamente contra omisiones.
De igual manera se puede señalar que mientras el habeas corpus, el amparo y el habeas data, por lo general se intentan contra cualquier autoridad, funcionario o persona, el proceso de cumplimiento, en cambio, solo puede ser utilizado contra el Estado y sus diversas dependencias o reparticiones.
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El estudio sistemático y comprensivo de cada uno de los mecanismos de defensa constitucional da lugar al llamado Derecho Procesal Constitucional, disciplina jurídica que en los últimos tiempos ha adquirido gran importancia y notoria vitalidad, pero por sobre todo particular desarrollo en el entendido de que no es una rama jurídica más del derecho
procesal, sino una muy especial nutrida de una serie de principios que la hacen particularmente sui generis y donde los raciocinios a utilizar marcan pautas distintivas de las que corresponden al juez ordinario. No es por consiguiente dentro de los fundamentos del derecho procesal ordinario y, en particular, del Derecho Procesal Civil, donde han de buscarse las explicaciones y los estilos a utilizar, sino dentro de los que el Derecho Procesal Constitucional, de a pocos pero muy progresivamente, va estableciendo.
Algunos académicos no comprenden esto y siguen creyendo que los procesos constitucionales son instrumento donde priman los criterios de los procesos ordinarios, lo que irremediablemente los conduce a conclusiones erróneas cuando se trata de entender los modos de actuar de los jueces constitucionales. El desarrollo jurisprudencial con frecuencia otorga un enérgico mentís a esta creencia, pero aun así, queda mucho camino por recorrer.
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En este contexto, la existencia de obras donde se examina el desarrollo y las problemáticas que subyacen a cada uno de los instrumentos de defensa constitucional es por donde se le mire capital. Doblemente útil cuando tales obras procuran otorgar respuestas desde diversas posturas y con variados enfoques.
El Centro de Estudios Constitucionales que me honro en dirigir, desde que tomó conocimiento de la existencia de una colección tan valiosa como la que se ha venido en denominar “Doctrina Constitucional” ha procurado darle todos los incentivos y la continuidad necesarias. Mi antecesor, el Magistrado Carlos Ramos Núñez, sentó las primeras piedras de la misma con la publicación de dos enjundiosos volúmenes colectivos, uno primero dedicado al proceso de amparo y otro posterior, dedicado al proceso de habeas corpus. Por nuestra parte hicimos lo propio con el proceso de habeas data y en esta ocasión, tenemos la alegría de presentar un nuevo aporte dedicado al proceso de cumplimiento, con un pequeño matiz generado a raíz de la reciente promulgación del nuevo Código Procesal Constitucional mediante la Ley N° 31307 que como bien sabe ha pasado a sustituir al Código Procesal Constitucional del año 2004.
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Independientemente de este cambio en la regulación de los procesos y del inevitable contraste de opiniones que ha generado en algunos aspectos, ha sido aconsejable que los estudios que contiene el colectivo, por lo que menos en lo que atañe a los elaborados por los académicos de nuestro país, hayan tenido que verse actualizados a fin de ofrecer una visión mucho más cercana del panorama actual.
En este contexto, esperamos poder seguir contribuyendo al conocimiento de los procesos constitucionales de tutela, esperando en breve termino y en la medida que las circunstancias lo permitan, emprender el estudio del segundo grupo de procesos, en este caso los de carácter orgánico, pero si así no fuera, por lo menos dejar sentadas las bases para la continuidad de dicha tarea.
Agradecemos a los diligentes funcionarios que desde las Direcciones especializadas de nuestro Centro han coordinado eficazmente la presente obra. En ese sentido, nuevamente a Luis R. Sáenz Dávalos, nuestro Director de Publicación y Documentación, quien viene colaborando con estos colectivos prácticamente desde su primer volumen y al que en esta ocasión se ha sumado también el valioso concurso de Orlando Curaca Kong desde su condición de Director de Investigaciones.
A todos los autores que han participado sin lugar a dudas nuestro agradecimiento también. Sin su cuota de compromiso y aporte desprendido, no sería posible seguir en esta estupenda ruta de análisis y reflexión, de la que nos sentimos muy orgullosos.
Finalmente mi agradecimiento a mis colegas del Pleno del Tribunal Constitucional, pues su apoyo decidido en las actividades que emprende el Centro de Estudios Constitucionales es un factor que motiva y alienta nuestro compromiso.
Ernesto BLUME FORTINI
Director General del Centro de Estudios Constitucionales
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