¿Puedo operar a mi hija menor de edad sin el consentimiento de su padre? (operaciones estéticas)

Los padres son los únicos que tiene la potestad de decidir sobre una operación estética en sus hijos menores de edad. Pero si el padre no está de acuerdo, ¿puede solo la madre autorizar la operación estética? 

LP entrevistó a especialistas para dar solución a la interrogante.

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Nayeli Montoya Paz

No, una sola parte no puede autorizar la operación estética. La abogada explicó que la autorización de un solo padre no es posible porque la decisión va de la mano con la patria potestad.

Ello está establecida en el artículo 418 del Código Civil. Es por ello, que una de las principales responsabilidades de los padres es cuidar integralmente a su hijo, y eso confiere también a la salud, sustentó la penalista Montoya Paz. 

Agregó que si bien las operaciones estéticas pueden poner en riesgo la salud de un menor de edad. Solo uno de los padres no puede tomar la decisión.

Solo uno de los padres no puede llevar a cabo estas decisiones de manera autónoma. Pero solo se podría si el padre perdió la patria potestad o en su defecto, haya quedado suspendido de esta misma, finalizó.

También aclaró que desde una perspectiva penal, la conducta de la madre podría configurar el delito de exposición al peligro que regula nuestro Código Penal en su artículo 128.

La madre, teniendo a la menor bajo su cuidado, la colocó en una situación de riesgo para su salud, mediante intervenciones quirúrgicas invasivas que no eran indispensables, podría responder penalmente. Este tipo penal no exige como tal que ocurra un daño, basta con la puesta en peligro, la cual se produce con la sola realización del procedimiento. Asimismo, concurre la forma agravada del tipo, ya que existe vinculo de parentesco y la víctima es menor de edad. En este caso, la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.

Además, si como consecuencia de dichas cirugías la menor sufrió daño físico, la conducta trasciende del peligro al resultado, pudiendo configurarse el supuesto agravado previsto en el tercer párrafo del artículo 128 del Código Penal, cuando se produce lesión grave o la muerte de la víctima, caso en el cual la pena será no menor de cuatro ni mayor de ocho años, añadió para LP.

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Felipe Salas Zegarra

Sí podría. Salas Zegarra explicó que de forma técnica se requiere solo la firma de uno de los padres para autorizar una intervención estética.

Se requiere la firma de un solo padre conforme a la norma técnica de llenado de historia clínica en un consentimiento informado, explicó el abogado Salas.

Añadió que antes de realizarse la intervención estética se deben seguir los protocolos necesarios para que no represente un riesgo al menor de edad.

De forma previa se debe realizar una rigurosa evaluación en las diferentes áreas de salud para asegurar si la cirugía es lo más óptimo para un menor de edad. Todo esto se encuentra regulado en el Código de Ética y la Ley General de Salud, añadió.

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Ivan Palacios Zorrilla

No, no puede. Aclaró que solo las intervenciones quirúrgicas que son para salvar la vida del paciente pueden ser autorizadas por solo uno de los padres o incluso por el mismo hospital. Ello se debe a que prima un bien jurídico tutelado.

Enfatizó que para la autorización de una operación estética a un menor de edad, es necesaria la autorización de ambos padres porque se pone en riesgo la integridad física que puede ser vulnerado en caso de una mala intervención.

Esto tiene sustento en la Constitución Política y el Código Civil. Las decisiones sobre el menor son por el ejercicio de la patria potestad. Estas decisiones tiene que ver siempre con el cuidado, el bienestar y la buena salud para que el menor se desarrolle dentro del proyecto de vida que los padres quieren, finalizó Palacios Zorrilla. 

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