En una ponencia organizada por el Instituto Iacap Perú, el abogado penalista Jefferson Moreno Nieves explicó cómo ofrecer una prueba (en juicio oral) que no haya sido presentada en etapa intermedia. Frente a un nutrido auditorio, el abogado explicó su particular interpretación del Código Procesal Penal.
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El especialista en derecho penal primero planteó la siguiente diferencias:
Diferencias entre fuentes y medios de prueba:
- Fuentes de prueba.- Son ajenas al derecho. Existen en la naturaleza, no las ha creado el derecho.
- Medios de prueba.- Le conciernen al derecho, creación del derecho. Son cuatro.
De acuerdo con el penalista, el Código refiere que prueba nueva es aquel medio de prueba sobre el cual no se ha tenido conocimiento, por eso, según su análisis, al ser un medio de prueba, este refiere a un conocimiento que ha sido creado por el derecho.
¿Este concepto de medios de prueba lo tiene que conocer el abogado? ¿Y si no los conoce se podría interpretar que existe un desconocimiento de los medios de prueba y admitirla en calidad de «prueba nueva»?, preguntó Moreno Nieves al auditorio. De inmediato respondió que «sí».
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¿Por qué? Cuando el abogado desconoce el ofrecimiento de las reglas procesales se puede argumentar que no conoce de medios de prueba (prueba nueva) y el juez tendría que admitir la prueba nueva, aseguró el penalista.
También agregó que la Corte Suprema ha establecido que se debe preferir el derecho a la defensa sobre las formalidades, argumento que reforzaría la interpretación del artículo en mención. Finalmente señaló que al exponer esta interpretación frente a los juzgados, algunos de ellos han optado por admitirla. Esta controvertida interpretación ha encendido el debate.
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