[Actualización 15:35 p. m.]
El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa informan a la ciudadanía que, a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por el Gobierno para evitar la propagación del Covid-19 en el país, se han dispuesto las siguientes medidas:
1. LAS PERSONAS Y VEHÍCULOS QUE PUEDEN CIRCULAR LOS DOMINGOS SON:
a. Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.
b. Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.
c. Servicios de telecomunicaciones.
d. Servicios funerarios.
e. Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones.
f. Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.
g. Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
h. Personal y vehículos de medios de comunicación.
i. Vehículos oficiales de transporte de salud.
j. Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Publico e INPE.
k. Personal de empresas de seguridad.
l. Personal y servicio de farmacias y restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio (delivery).
La Policía Nacional del Perú retendrá la Tarjeta de Propiedad y Licencia de Conducir e impondrá una multa de S/ 6,450 a las personas que transiten con su vehículo durante el horario de inmovilización social obligatoria (22:00 horas a 04:00 horas) y los días domingos (desde las 22:00 horas del sábado hasta las 04:00 horas del lunes).
Asimismo la Policía Nacional del Perú impondrá a toda persona las multas establecidas por incumplir las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno, mediante el D.S. 006-2020-IN, que aprueba el Reglamento del D. L. 1458.
2. OBLIGACIÓN DE LAS EMPRESAS Y ENTIDADES
a. Otorgar a su personal una credencial (fotocheck) que lo identifique como trabajador de dicha organización y/o empresa.
b. Asimismo, deberán generar el pase laboral y/o vehicular de las personas y vehículos indicados en el punto 1 en la página www.gob.pe/paselaboral.
3. SOBRE REUNIONES FAMILIARES Y/O SOCIALES
a. Según lo dispuesto por el Gobierno, quedan prohibidas las reuniones de carácter social y familiar (con personas que no vivan en el mismo domicilio) para evitar la concentración de personas e impedir la propagación del virus.
b. La Policía Nacional está facultada para intervenir en los domicilios y/o locales donde se incumpla lo dispuesto y se denunciará penalmente a los infractores, de acuerdo con la normatividad vigente.
4. SOBRE EL AFORO EN LUGARES PÚBLICOS
a. La FF. AA. y PNP controlarán el distanciamiento social y aforo en los mercados, bancos y paraderos de transporte público, así como el cumplimiento de los protocolos sanitarios.
[Nota original]
El presidente del Consejo de Ministros, Walter Martos, anunció que se implementará un nuevo pase vehicular para aquellas personas que necesiten desplazarse los días domingos por motivos laborales y lo hagan en sus autos particulares.
Indicó que el Ministerio del Interior publicará un comunicado en su página web: www.gob.pe/mininter con todas las indicaciones y detalles de quienes pueden transitar y cómo pueden sacar los pases.
Asimismo, el jefe del gabinete ministerial aseguró que las personas que requieran transitar los domingos pueden desplazarse en sus vehículos particulares y en transporte púbico.
“El transporte público va a funcionar como funcionaban los domingos cuando había restricciones para que se movilicen a los hospitales, los policías, las fuerzas del orden”, explicó.
De esta forma, el ministro respondió a los interrogantes sobre cómo iban a funcionar los deliverys de alimentos o medicinas los domingos de inmovilización social.
Como se recuerda, en la víspera el presidente Martín Vizcarra anunció el retorno de la inmovilización social obligatoria los domingos, debido al repunte de los contagios del nuevo coronavirus en el país.
Esta medida fue oficializada también ayer por la noche a través de la publicación del Decreto Supremo 139-2020-PCM en el boletín extraordinario del diario oficial El Peruano.