El Indecopi a través de la Resolución 0246-2021/SEL-Indecopi, declaró barrera burocrática ilegal la obligatoriedad de implementar la instalación de un sistema de video vigilancia en los establecimientos comerciales, industriales, actividades profesionales y/o servicios ubicados en el distrito de Chorrillos.
Declaran barrera burocrática ilegal el Artículo 4 de la Ordenanza 352-2019-MDCH, que establece la obligatoriedad de implementar la instalación de un sistema de video vigilancia en los establecimientos comerciales, industriales, actividades profesionales y/o servicios ubicados en el distrito de Chorrillos
RESOLUCIÓN Nº 0246-2021/SEL-INDECOPI
AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 25 de marzo de 2021
ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Municipalidad Distrital de Chorrillos
NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Artículo 4 de la Ordenanza 352-2019-MDCH, Ordenanza que establece la obligatoriedad de implementar la instalación de un sistema de video vigilancia en los establecimientos comerciales, industriales, actividades profesionales y/o servicios ubicados en el distrito de Chorrillos
PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA: Resolución 0548-2019/CEB-INDECOPI del 19 de noviembre de 2019
BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES:
(i) La imposición de un plazo de vigencia de doce (12) meses a los documentos de aprobación municipal que reconocen a los locales comerciales como locales video vigilados, materializada en el artículo 4 de la Ordenanza 352-2019-MDCH.
(ii) La exigencia de renovar los documentos de aprobación municipal que reconoce a los locales comerciales como locales video vigilados, materializada en el artículo 4 de la Ordenanza 352-2019-MDCH.
SUSTENTO DE LA DECISIÓN:
La razón es que la Municipalidad Distrital de Chorrillos, en materia de seguridad ciudadana, no se encuentra facultada para exigir a los propietarios de los establecimientos comerciales de su distrito cargas específicas respecto de sus sistemas de videovigilancia, como es el contar con un documento de aprobación municipal que los reconocerá como locales video vigilados y renovarlo cada doce (12) meses, contraviniendo, en consecuencia, el principio de legalidad contemplado en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Asimismo, ni en el Decreto Legislativo 1218, que regula el uso de cámaras de videovigilancia, ni en otras disposiciones aplicables, se establece o contempla que los propietarios de establecimientos comerciales deban contar con una autorización para el reconocimiento de estos últimos como locales video vigilados.
Cabe precisar que, con la emisión de la Resolución 0246-2021/SEL-INDECOPI la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas no pretende, en modo alguno, desconocer las facultades ni las acciones que puede adoptar la Municipalidad Distrital de Chorrillos en materia de seguridad ciudadana, las cuales se encuentran establecidas en la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y en el Decreto Legislativo 1218, que regula el uso de las cámaras de videovigilancia; sin embargo, estas atribuciones deben ejercerse al amparo del marco legal vigente.
Finalmente, es importante indicar que, entre las acciones para combatir y prevenir la inseguridad ciudadana, a través del artículo 9 del Decreto Legislativo 1218, que regula el uso de las cámaras de videovigilancia, el Poder Ejecutivo optó por obligar a los titulares de establecimientos comerciales abiertos al público con un aforo de cincuenta (50) personas o más, a contar con un sistema de videovigilancia.
GILMER RICARDO PAREDES CASTRO
Presidente

![La persecución política a los fiscales del caso Lava Jato: La represalia del poder[1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-POST-JOSE-DOMINGO-PEREZ-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Excepción a la regla de no exigencia en la precisión de la fecha en el delito de violación sexual: La precisión de las fechas no es determinante si se precisan circunstancias periféricas; sin embargo, cuando las contradicciones en la precisión de tiempo, lugar o circunstancias son reiterativas y variables en los diferentes elementos de prueba (declaración en Cámara Gesell, ante el médico legista, ante el psicólogo), generan incertidumbre que debe ser esclarecida, ya que provienen de la misma fuente incriminatoria [Apelación 395-2024, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Las resoluciones «definitivas» son aquellas que concluyen el proceso; en cambio, las «interlocutorias» se emiten mientras el proceso está en curso y no afectan directamente la decisión final del mismo [Queja NCPP 1429-2023, Cajamarca, f. j. 4.8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Tenencia ilegal de municiones. Las municiones halladas en la vivienda del imputado están dentro de su órbita potestativa, al encontrarse a su libre disposición entre sus pertenencias, de modo que no se trata de una tenencia esporádica [Queja NCPP 289-2023, La Libertad, f. j. 4.6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![No se puede inferir que abogado pertenece a una organización terrorista porque se le encontraron documentos relativos a una medida cautelar dirigida a la CIDH por la detención de los miembros del MOVADEF, pues se trata de actos inequívocos de defensa técnica [Exp. 122-2014-0, f. j. 6.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA3-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![[VIVO] Clase modelo sobre las 10 sentencias laborales más relevantes del 2025. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/INTERMEDIACION-DANTE-BOTTON-GIRON-LPDERECHO1-218x150.jpg)






![Aprueban nuevos montos de la remuneración consolidada del personal militar y policial [Decreto Supremo 292-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/06/POLICIAS-MILITARES-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)









![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)



![La persecución política a los fiscales del caso Lava Jato: La represalia del poder[1]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-POST-JOSE-DOMINGO-PEREZ-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Minsa aprobó recomendaciones para el uso de escudos faciales en la comunidad [RM 447-2020-MINSA]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/07/Protector-facial-Minsa-LP-324x160.png)