Minsa aprueba lineamientos para la reasignación de personal CAS del sector salud [RM 806-2022/Minsa]

Publicado en el diario oficial El Peruano, el 12 de octubre de 2022.

Mediante la Resolución Ministerial 806-2022/Minsa, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el Ministerio de Salud (Minsa) aprueba el documento técnico “Lineamientos para el procedimiento de reasignación bajo contrato administrativo de servicios del personal de salud en el marco del artículo 27 de la Ley 31538-segunda convocatoria”. Este lineamiento permitirá continuar con el pase de CAS Covid a CAS indeterminado, reivindicando al personal de la salud que combatieron en la primera y la segunda ola y los que, habiendo cumplido con los requisitos establecidos en el primer lineamiento, no cubrieron una vacante por no haber sido registrados en el Airhsp e Inforhus por parte de las unidades ejecutoras, lo que permitirá continuar con el fortalecimiento de la capacidad resolutiva y mejorar la respuesta sanitaria de los establecimientos de salud a escala nacional, mediante el cierre de brechas de recursos humanos en salud en los establecimientos del primer, segundo y tercer nivel de atención, en beneficio de la población y de los trabajadores.

Asimismo, se establecen los requisitos, condiciones y otras especificaciones necesarias para el proceso de reasignación, así como promover que las unidades ejecutoras del Minsa, de los gobiernos regionales, Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, conduzcan el procedimiento con los principios establecidos en la norma técnica.

Entre los principios que regulan este procedimiento de reasignación aparecen mérito, transparencia, idoneidad, responsabilidad y neutralidad. Además, los participantes deben cumplir los requisitos mínimos: ser profesionales de la salud especialistas, profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales, profesionales, técnico y auxiliares administrativos.

Fuente: El Peruano


Aprueban el Documento Técnico: “Lineamientos para el procedimiento de reasignación bajo contrato administrativo de servicios del personal de salud en el marco del artículo 27 de la Ley Nº 31538 – Segunda Convocatoria”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 806-2022/MINSA

Lima, 10 de octubre de 2022

Visto, el Expediente N° OGGRH020220000118, que contiene el Memorándum N° D000588-2022-OGGRH-MINSA y el Informe N° D000005-2022-OGGRH-ODRH-MINSA emitidos por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y, el Informe N° D000204-2022-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley N° 31538, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de los gastos asociados a la Emergencia Sanitaria producida por la Covid-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y dicta otras medidas, autoriza la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 548 742 786,00 (QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales para financiar el fortalecimiento de la capacidad resolutiva y mejorar la respuesta sanitaria de los establecimientos de salud a nivel nacional, a través del cierre de brechas de recursos humanos en salud en los establecimientos del primer, segundo y tercer nivel de atención, mediante la contratación de personal, bajo los alcances del régimen del Decreto Legislativo 1057, durante los meses de octubre a diciembre de 2022;

Que, el numeral 27.7 del artículo 27 de la Ley N° 31538 indica que, para la implementación de lo dispuesto en dicho artículo, el Ministerio de Salud, mediante resolución ministerial y en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, aprueba los requisitos, condiciones y otras especificaciones necesarias para el procedimiento de contratación a plazo indeterminado del personal de salud, pudiendo considerar las necesidades de servicio y teniendo en cuenta su perfil profesional y/o experiencia laboral;

Que, asimismo, el numeral 27.8 del artículo 27 de la Ley N° 31538 establece que, el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud, el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, cubren los registros creados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a que se refiere el numeral 27.7 del citado artículo, mediante la reasignación del personal contratado bajo el régimen de Contratos Administrativos de Servicios (CAS) habilitados por los Decretos de Urgencia N° 029-2020 y N° 004-2021;

Que, en el marco de lo dispuesto en el mencionado artículo 27 de la Ley N° 31538, mediante la Resolución Ministerial N° 622-2022/MINSA se aprobó el Documento Técnico: “Lineamientos para el procedimiento de contratación administrativa de servicios del personal de salud en el marco de la Ley N° 31538”; el mismo que fue modificado por la Resolución Ministerial N° 644-2022/MINSA y la Resolución Ministerial N° 676-2022/MINSA, esta última modifica, entre otros aspectos, la denominación de la referida norma por “Lineamientos para el procedimiento de reasignación del personal de salud en el marco del artículo 27 de la Ley 31538”;

Que, asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 676-2022/MINSA, se aprobó la versión actualizada del Documento Técnico: “Lineamientos para el procedimiento de reasignación del personal de salud en el marco del artículo 27 de la Ley 31538”;

Que, mediante los documentos de Visto, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos informa que, se han cubierto parcialmente los registros creados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, en el marco del artículo 27 de la Ley N° 31538 y el procedimiento de reasignación a que se refieren las normas citadas en los considerandos precedentes; por lo que a fin de cubrir los registros vacantes que permita continuar con el fortalecimiento de la capacidad resolutiva y mejorar la respuesta sanitaria de los establecimientos de salud a nivel nacional, a través del cierre de brechas de recursos humanos en salud en los establecimientos del primer, segundo y tercer nivel de atención, ha formulado el proyecto de Documento Técnico: “Lineamientos para el procedimiento de reasignación bajo contrato administrativo de servicios del personal de salud en el marco del artículo 27 de la Ley Nº 31538 – Segunda Convocatoria”, el que ha sido consensuado con la Dirección General de Personal de la Salud;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Dirección General de Personal de la Salud, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y

De conformidad con el previsto en el artículo 27 de la Ley N° 31538, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de los gastos asociados a la Emergencia Sanitaria producida por la Covid-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: “Lineamientos para el procedimiento de reasignación bajo contrato administrativo de servicios del personal de salud en el marco del artículo 27 de la Ley Nº 31538 – Segunda Convocatoria”, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en el portal de transparencia del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA
Ministro de Salud

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