A través de la Resolución 385-2021-MP-FN, publicada en el diario oficial El Peruano, se aprobó el nuevo plan de vigilancia y prevención del covid-19 en el trabajo del Ministerio Público.
Oficializan el nuevo “Plan de Vigilancia, Prevención y Control COVID-19 en el Trabajo”
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 385-2021-MP-FN
Lima, 19 de marzo de 2021
VISTO Y CONSIDERANDO:
Mediante Decreto de Urgencia Nº 025-2020 se dictan medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el Sistema de Vigilancia y Respuesta Sanitaria frente al COVID-19 en el territorio nacional.
Asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA, modificada por la Resolución Ministerial Nº 265-2020-MINSA y la Resolución Ministerial Nº 283-2020-MINSA, se aprobó el Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, que posteriormente, mediante Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA, se deroga dicha disposición y se aprueba una nueva versión del citado Documento Técnico.
La Resolución Ministerial Nº 377-2020/MINSA, modificada por la Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA, establece en el numeral 2.3 del artículo 2 que: “El Plan se actualiza siempre que la empresa haya añadido una nueva actividad aprobada en una nueva fase, o se haya producido una modificación en los Procedimientos Obligatorios de Prevención del COVID-19 o en los Procedimientos Obligatorios para el Regreso y Reincorporación al Trabajo, bajo responsabilidad de la empresa”.
Mediante la Resolución Ministerial Nº 972- 2020-MINSA, de fecha 27 de noviembre de 2020, en su Artículo 1, se aprueba el Documento Técnico: “Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2” y en su Artículo 2 se deroga el documento técnico aprobado por la Resolución Ministerial Nº 448-2020- MINSA y su respectivo anexo.
El numeral 6.1.23 de las Disposiciones Generales de los Lineamientos, establece que el Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo, es el documento de guía para establecer las medidas que se deberán tomar para vigilar el riesgo de exposición a la COVID-19 en el lugar de trabajo, el cual deberá ser aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Por otro lado, el numeral 7.1.6. de las Disposiciones Específicas de los Lineamientos establece que todo empleador debe registrar el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo” ante el Ministerio de Salud. Asimismo, el numeral 8.1 de las Disposiciones Complementarias de los Lineamientos, dispone que los empleadores deben implementar el “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo”, a fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores a su cargo.
Mediante Acta de Reunión Ordinaria Nº 001-2021-CSST, de fecha 11 de enero de 2021, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, aprobó la versión final del nuevo Plan de Vigilancia, Prevención y Control COVID-19 en el Trabajo, por lo que mediante Oficio Nº 000044-2021-MP-FN-GG, la Gerencia General recomienda que la nueva versión del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo” sea oficializada.
En tal sentido, por las consideraciones expuestas, resulta necesario oficializar la nueva versión del Plan de Vigilancia, Prevención y Control COVID-19 en el Trabajo aprobado mediante Acta de Reunión Ordinaria Nº 001-2021-CSST del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público- Fiscalía de la Nación.
Contando con los vistos de la Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina General de Planificación y Presupuesto, y la Oficina General de Asesoría Jurídica.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052 Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- OFICIALIZAR el nuevo “Plan de Vigilancia, Prevención y Control COVID-19 en el Trabajo” aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público – Fiscalía de la Nación, que ha sido adecuado a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 972-2020-MINSA que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina General de Potencial Humano registre la nueva versión del “Plan de Vigilancia, Prevención y Control COVID-19 en el Trabajo” del Ministerio Publico – Fiscalía de la Nación, ante el Ministerio de Salud.
Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina General de Tecnologías de la Información difunda en los medios informáticos de la institución, la presente resolución y anexo.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- DISPONER hacer de conocimiento la presente resolución a la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, Coordinaciones Nacionales de las Fiscalías Especializadas, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación

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